Alquiler o compra
Aquí puedes modificar el regímen demandado en tu solicitud de vivienda.
¡Importante! Sólo puedes seleccionar un régimen, alquiler o compra. Cuando cambies de un régimen a otro se perderá la antigüedad acumulada. En concreto, si cambias de alquiler a compra se perderá la antigüedad con la que podrías solicitar el reconocimiento del derecho subjetivo de acceso a vivienda (se exigen cuatro años de antigüedad como solicitante de alquiler).