Premio Euskadi de Investigación 2014, con el fin de fomentar la actividad científica.

 

Departamento / Organismo Autónomo

Educación, Política Lingüística y Cultura


Órgano gestor

Dirección de Política Científica


Objeto

Es objeto de la presente orden convocar en su edición 2014, el «Premio Euskadi de Investigación», regulado por el Decreto 323/2010, de 30 de noviembre, en su modalidad de Ciencia y Tecnología.

Destinatarios/as

Podrán optar al Premio Euskadi de Investigación los investigadores y las investigadoras que hayan nacido en Euskadi o que hayan desarrollado una parte importante de su carrera en Euskadi o cuyo trabajo haya ejercido una influencia positiva destacada para Euskadi.

Normativa reguladora

ORDEN de 4 de noviembre de 2014, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convoca el Premio Euskadi de Investigación 2014, con el fin de fomentar la actividad científica.

DECRETO 323/2010, de 30 de noviembre, por el que se regula el Premio Euskadi de Investigación, con el fin de fomentar la actividad científica.


Personas de contacto

Contacto presencial:

Oficinas de atención al público:

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Contacto telefónico:

La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.

  • Horario de atención telefónica:

El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

  • Número de Teléfono:
    Desde el País Vasco: 012
    Desde fuera del País Vasco: 945 018000
    Desde el extranjero: 00 34 945 018000

Documentación a aportar

Las candidaturas podrán ser propuestas por entidades científicas, por otros científicos o científicas o por la propia persona candidata.

Documentación requerida.

  1. Escrito de propuesta de la candidatura con identificación expresa de los Organismos o personas proponentes.
  2. Memoria (máximo tres páginas) en la que se explicite la forma en que la persona candidata cumple los requisitos establecidos en el artículo 2.1 del presente Decreto, y las razones, escritas en un lenguaje no especializado, por las que el trabajo de la candidata o el candidato le hace acreedor al Premio.
  3. Curriculum vitae de la persona candidata.
  4. Resumen (máximo 2 páginas) del Curriculum vitae del candidato o candidata en inglés, incluyendo los elementos más destacables de su carrera.
  5. En el caso de candidaturas propuestas por entidades científicas o por otros científicos y/o científicas a favor de un tercero, se deberá adjuntar un documento que acredite el beneplácito de la persona propuesta para tal consideración.
  6. Declaración jurada en la que la persona candidata acredite no encontrarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o que se halle incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Asimismo, se podrán adjuntar escritos de recomendación de científicos o científicas diferentes a los y las proponentes y cualquier otra documentación que se estime oportuna.

Se deberá presentar un original de la documentación constatada en el punto anterior en soporte papel, y además una copia de los documentos mencionados en los apartados a), b), c) y d) en soporte electrónico.


Dotación económica

40.000 euros.

Plazo de presentacion

El plazo de presentación de candidaturas será de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial del País Vasco.


Lugar presentación solicitudes

Oficinas de atención al público:

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Así como cualquier otro tipo de correspondencia posterior, se remitirá por cualquiera de los modos previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Descripción de los trámites

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Órgano que resuelve

Dirección de Política Científica


Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver las solicitudes formuladas al amparo de la Orden de convocatoria será de seis meses desde la publicación de la misma.

Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

No procede


Recursos / Reclamaciones

No procede


Formularios

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Otros documentos

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Observaciones

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Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

11/11/2014