[H2020-EURO-SOCIETY-2014]  Convocatoria de propuesta para Programa Horizon 2020. Superar la crisis: ideas nuevas, estrategias y estructuras de Gobierno para Europa

RESUMEN
Objeto

NOMBRE DE LA CONVOCATORIA:

Convocatoria de propuesta para Programa Horizon 2020. H2020-EURO-SOCIETY-2014. SUPERAR LA CRISIS: IDEAS NUEVAS, ESTRATEGIAS Y ESTRUCTURAS DE GOBIERNO PARA EUROPA

PILAR:

RETOS SOCIALES

DESTINATARIOS:

Investigadores, universidades, empresas, PYMEs y otros

FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS:

03/06/2014

NORMATIVA REGULADORA:

http://ec.europa.eu/research/participants/portal/desktop/en/opportunities/h2020/calls/h2020-euro-society-2014.html

CONTACTO:

http://ec.europa.eu/research/participants/portal/desktop/en/opportunities/h2020/calls/h2020-euro-society-2014.html#tab3

PÁGINA WEB E INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA:

http://ec.europa.eu/research/participants/portal/desktop/en/opportunities/h2020/calls/h2020-euro-society-2014.html#tab2

SOLICITUD DE LAS AYUDAS:

Es necesario darse de alta en el registro de la Comisión Europea: http://ec.europa.eu/research/participants/portal/desktop/en/funding/index.html

OBSERVACIONES:

Más información: http://www.revie.euskadi.net/y92-content/es/contenidos/nota_prensa/horizon_calendario/es_ifm/horizon_calendario.html

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SOLICITUD Y OTROS TRÁMITES
Otros trámites
Estos trámites no son necesarios. Puede realizarlos por iniciativa propia o cuando la Administración le comunica que tiene esa opción.
RESOLUCIÓN Y RECURSOS
Recursos
  • Recurso de alzada

    El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él.

    ¿Contra qué actos se interpone?

    • Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
    • Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.

    ¿Ante qué órgano se interpone?

    • El mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.

    ¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?

    • 1 mes si el acto recurrido es expreso.
    • 3 meses si el acto recurrido es presunto.

    ¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?

    • 3 meses.

    Si en ese plazo no se le notifica la resolución:

    • El recurso se entenderá estimado si el acto recurrido es presunto.
    • El recurso se entenderá desestimado si el acto recurrido es expreso.

    ¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?

    • Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
    • Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (título VII. de la revisión de los actos en vía administrativa)

    Documentación que debe presentar
  • Recurso potestativo de reposición

    Información sobre el recurso potestativo de reposición

    ¿Contra qué actos se interpone?

    • Aquellos que no pongan fin a la vía administrativa.

    ¿Ante qué órgano se interpone?

    • El mismo que dictó el acto recurrido.

    ¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?

    • 1 mes si el acto recurrido es expreso.
    • 3 meses si el acto recurrido es presunto.

    ¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?

    • 1 mes.

    Si en ese plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.

    ¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?

    • Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (título VII. de la revisión de los actos en vía administrativa)

    Documentación que debe presentar