Ayudas a los alojamientos destinados a las personas trabajadoras de temporada.
Departamento / Organismo Autónomo
Agricultura, Pesca y Alimentación
Dirección de Desarrollo Rural y Litoral
Ayudas a la construcción, acondicionamiento, mejora o equipamiento de los alojamientos destinados a las personas trabajadoras que presten servicios de temporada en explotaciones agropecuarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarias, o con cualquier otro titulo jurídico, de inmuebles, que construyan, acondicionen o mejoren los alojamientos y equipamientos para destinarlos a las personas trabajadoras que presten servicios de temporada en explotaciones agropecuarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
500.000,00 euros
Decreto 248/2006, de 28 de noviembre, por el que se regulan los requisitos mínimos materiales y funcionales de los alojamientos para personal temporero, así como la autorización, registro y acreditación de los mismos.
Decreto 62/2007, de 17 de abril, de ayudas a los alojamientos destinados a las personas trabajadoras que presten servicios de temporada en el sector agropecuario.
Orden de 12 de mayo de 2008 , del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convocan para el ejercicio 2008, las ayudas a los alojamientos destinados a las personas trabajadoras que presten servicios de temporada en el sector agropecuario, previstas en el Decreto 62/2007, de 17 de abril.
Olga Prado Villar
Teléfono: 945 016 302
Fax: 945 019 989
Correo electrónico: o-prado@ej-gv.es
La solicitud se presentará en los impresos normalizados de solicitud que figuran en el apartado "formularios", junto con la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI. del solicitante, en el supuesto de ser persona física.
b)Fotocopia del DNI y de la escritura de apoderamiento del representante legal, en el supuesto de ser persona jurídica, así como fotocopia de los estatutos de la entidad y de su inscripción en el registro correspondiente.
c)Memoria descriptiva de la inversión o gasto a acometer en el que se incluya la previsión de los plazos de ejecución, localización, financiación, así como un presupuesto debidamente detallado.
d)Alta de Terceros.
e) Copia del proyecto de obra, licencia y permiso municipal, en su caso.
f)Certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
g)En su caso, copia del “Compromiso” de e star acogido al programa de contratación en origen.
h) En su caso, copia de la declaración de la renta y copia de la inscripción en el régimen agrario de la Seguridad Social.
i)Declaración jurada respecto de la veracidad de todos los documentos presentados; de que no se encuentra sancionada penal ni administrativamente con la perdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, y de no estar incurso en ningún procedimiento sancionador como consecuencia del incumplimiento de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Seguridad e Higiene en el Trabajo; así como sobre cualquier “ayuda de mínimis” recibida durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso.
04/06/2008 - 03/07/2008
DIRECCION DE DESARROLLO RURAL Y LITORAL
C/ Donostia-San Sebastián, 1.
01010 - Vitoria-Gasteiz
No se describen
Director de Desarrollo Rural y Litoral
6 meses desde el día siguiente al de la publicación de la orden de apertura de plazo
Desestimatorios
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
No hay
No hay
Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
03/06/2008