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Licencias y autorizaciones profesionales



Recogida de algas y argazos

Se distingue entre:

Recolección de argazos

Los argazos son algas que, bien por efecto de las olas o por otras circunstancias naturales se acumulan en las playas y otras zonas del litoral. La recogida de argazos en la ribera del mar y de las rías se podrá realizar por cualquier medio o instrumento que no perturbe el medio ambiente.

Todas aquellas personas físicas o las empresas que deseen obtener una autorización para la recolección de argazos deberán solicitar la correspondiente autorización a la Dirección de Pesca y Acuicultura. En dicha solicitud se indicará:

  • Método de recolección.
  • Zona de recogida.
  • Nombre, apellidos y DNI de las personas que vayan a realizar la actividad de recogida.

En el caso de que la recogida de argazos se efectúe desde embarcación, ésta deberá ser debidamente despachada e inscritas en el Libro Primero del Registro de Buques.


Corte de algas de fondo

Todas aquellas personas físicas o aquellas empresas que deseen obtener una autorización para la extracción de algas de fondo deberán solicitar la correspondiente autorización a la Dirección de Pesca y Acuicultura. En dicha solicitud se indicará:

  • Descripción del material a utilizar
  • Zona
  • Medios humanos
  • Plazo de ejecución de  la campaña de corte
  • Identificación del comprador, en su caso.

Modelo de solicitud de recogida de algas y argazos (pdf 128 Kb)

Fecha de la última modificación: 27/02/2006