Funciones
-
La planificación, programación y coordinación de la política de ordenación del territorio, del litoral y de aguas.
-
La elaboración de la normativa en materia de ordenación del territorio, del litoral y de aguas.
-
El otorgamiento de autorizaciones y resoluciones atribuidas a su ámbito competencial.
-
La participación en foros de coordinación en materia de ordenación territorial, litoral y aguas.
-
La promoción y, en su caso, coordinación, elaboración y tramitación de los instrumentos de ordenación territorial previstos en la Ley 4/1990 y cualesquiera otros instrumentos de planificación territorial, así como de los instrumentos de planificación hidrológica previstos en la normativa hidráulica.
-
El Sistema de Información Territorial.
-
La colaboración con organismos internacionales, administraciones públicas y organismos de interés tanto de Europa como de otros continentes en proyectos y actuaciones comunes en el materia de ordenación del territorio y de aguas.
|