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WAI-A

Planes de actuación sobre la calidad del aire


En cumplimiento con el Real Decreto 1073/2002, el Departamento de Medio Ambiente ha organizado la elaboración de unos planes de actuación para la mejora de la calidad del aire con la ayuda de LABEIN y la colaboración de los 22 ayuntamientos de las zonas afectadas.

En función de las problemáticas atmosféricas de cada caso, los planes podrán ser individuales por municipio o conjuntos por zonas geográficas.

Los ayuntamientos afectados son los siguientes clasificados por zonas y años de primera superación de los límites legales y documentación enviada en cada caso:

 

Documentación enviada a los municipios

 

 

Diagnóstico

Propuesta de Acciones (Feb 2007)

 

Diagnóstico

Propuesta de Acciones (nov 2007)

 

SUPERACIONES 2003

SUPERACIONES 2004

SUPERACIONES 2005

SUPERACIONES 2006

SUPERACIONES 2007

 

BAJO NERVIÓN

 

  1. Alonsotegi (*)
  2. Barakaldo
  3. Basauri
  4. Bilbao
  5. Erandio
  6. Portugalete (*)

 

DONOSTIALDEA

 

  1. Lezo (*)

 

IBAIZABAL-ALTO DEBA

 

  1. Amorebieta
  2. Arrasate-Mondragón
  3. Durango (*)

 

KOSTALDEA

 

  1. Zierbena (*)

 

 

DONOSTIALDEA

 

  1. Renteria

 

GOIHERRI

 

  1. Beasain (*)

 

BAJO NERVIÓN

 

  1. Abanto-Zier (*)
  2. Getxo (*)

 

LLANADA ALAVESA

 

  1. Vitoria-Gasteiz (Betoño) (*)

 

ALTO UROLA

 

  1. Azpeitia (*)

 

IBAIZABAL-ALTO DEBA

 

  1. Lemoa (*)

 

BAJO NERVIÓN

 

Santurtzi

 

ALTO ORIA

 

Tolosa (*) (Diagnostico realizado abril 2008)

 

ALTO NERVIÓN

 

Arrigorriaga

 

ALTO UROLA

 

Zumarraga

(*) – 2007 – Cumplidos los límites de PM10 en 2007

 

En todos los casos anteriores, los pasos a seguir son los siguientes:

FASE I: Valoración preliminar de los niveles de contaminación

FASE II: Estudio de los focos emisores: Inventario de Emisiones

FASE III: Identificación de la procedencia de los contaminantes

FASE IV: Redacción del Diagnóstico de la Calidad del Aire

FASE V: Propuesta de acciones sobre los focos de emisión

FASE VI: Redacción de Planes de Acción

Los planes contarán con los contenidos mínimos requeridos en el anexo XII del R. D. 1073/2002. Podemos destacar como puntos más importantes a definir los siguientes: la información relativa a las medidas o proyectos adoptados para reducir la contaminación, calendario de aplicación, estimación de la mejora de la calidad del aire que se espera conseguir y del plazo previsto para alcanzar esos objetivos.

El proceso de elaboración de los Planes de Acción se ha demorado debido a que ha sido necesario llevar a cabo un estudio adicional sobre las competencias de cada administración en su cumplimiento. Además, durante el año 2007 se realizó en 10 estaciones de vigilancia y control de la calidad del aire un estudio técnico para determinar los factores de corrección de PM10 para equipos automáticos de medición en continuo con respecto a los equipos de referencia. Estos estudios resultan de gran utilidad para poder evaluar con mayor exactitud los niveles de PM10 registrados en cada ubicación y ha dado lugar a la revisión de la relación de municipios con superaciones y por tanto de la obligatoriedad de redactar Planes de Acción. En este año 2008 se continuará con el cálculo de factores de corrección en otros municipios.

Actualmente se encuentran disponibles en la página web del Dpto. los Diagnósticos de las siguientes zonas: Alto Deba, Bajo Nervión, Duranguesado, Goiherri y Pasaialdea. De estas zonas se ha procedido a enviar una propuesta de acciones a los municipios implicados, los cuales están concretando los detalles de las acciones a realizar que sean de su competencia.

Por otra parte, también se han entregado a los siguientes municipios los correspondientes Diagnósticos y Propuesta de Planes de Acción: Abanto-Zierbena, Getxo, Vitoria-Gasteiz, Azpeitia y Lemoa. El siguiente paso será por tanto realizar por parte de cada municipio el desarrollo de las acciones propuestas que sean de su competencia.

SUPERACIONES 2007:

En primer lugar, hay que mencionar que no se han detectado superaciones de los límites legales establecidos en el RD 1073/2002 para los contaminantes SO2, NO2 y CO. Sin embargo, si se han detectado superaciones en 10 municipios de los límites marcados en el citado R. D. para el contaminante PM10.

Por tanto, en base a los datos del año 2007, los municipios de ARRIGORRIAGA y ZUMARRAGA deberán llevar a cabo Planes de Actuación para la mejora de la Calidad del Aire. Además, BILBAO, AMOREBIETA, SANTURTZI, ERANDIO, MONDRAGON, BARAKALDO, RENTERIA y BASAURI deberán continuar con los Planes de Actuación que tienen en marcha.

Por otra parte, los municipios de TOLOSA, PORTUGALETE, DURANGO, VITORIA-GASTEIZ, ABANTO-ZIERBENA, ZIERBENA, BEASAIN, GETXO, DONOSTIA-SAN SEBASTIAN y AZPEITIA ya no están sujetos a la obligación de ejecutar los planes de acción a pesar de que en años anteriores han tenido superaciones. No obstante, desde esta Viceconsejería se ha aconsejado a los citados municipios que continúen con la ejecución de los mismos.

 

Fecha de la última modificación: 12/05/2008