Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco

Departamento de Cultura

euskadi.net

Estás en:
  1. Inicio
  2.  
  3. Patrimonio Cultural

Icono de Conformidad con el Nivel A de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI

Subvenciones a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi para la dotación y/o renovación de fondos de bibliotecas.2005

 

Departamento / Organismo Autónomo

Cultura


Órgano gestor

Dirección de Patrimonio Cultural


La presente Orden regula, para el ejercicio 2005, la concesión de subvenciones para la dotación y/o renovación de fondos de bibliotecas integradas en el Sistema Nacional de Bibliotecas de Euskadi a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi titulares de las mismas, bien sea a título individual, bien a través de entidades legalmente constituidas que engloben a varios de ellos y en cuyo objeto se encuadre la gestión común de dichas bibliotecas.

La presente Orden regula, para el ejercicio 2005, la concesión de subvenciones para la dotación y/o renovación de fondos de bibliotecas integradas en el Sistema Nacional de Bibliotecas de Euskadi a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi titulares de las mismas, bien sea a título individual, bien a través de entidades legalmente constituidas que engloben a varios de ellos y en cuyo objeto se encuadre la gestión común de dichas bibliotecas.


Destinatarios/as

Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi.


Dotación económica

685.000,00 €


Normativa reguladoraBOPV

Personas de contacto

Elisa Rodríguez
Telf.: 945 019 471


Documentación a aportar

- Solicitudes siguiendo los modelos de los anexos.

- Cuando la solicitud la realicen entidades legalmente constituidas que se integren por varios municipios deberá adjuntarse documentación acreditativa de que en su objeto se engloba la gestión común del servicio de biblioteca pública.

- En el caso de los lotes fundacionales para bibliotecas de nueva creación:

 a) Una relación de cualesquiera otras ayudas solicitadas para el mismo objeto, entidades públicas o privadas a las que se hayan solicitado, así como estado de las mismas (denegadas, pendientes de resolución, concedidas), e importes. Caso contrario, documento declarativo de no haber solicitado otras ayudas para el referido objeto.

 b) Certificado del Secretario/a de la entidad en el que conste la población del área de influencia de la/s biblioteca/s para la/s que se solicita la subvención, siempre perteneciente a la entidad solicitante, así como la referencia de la cual se ha extraído dicho dato.

 c) Certificado de cantidad de fondos propios destinada en los presupuestos del 2004 o 2005 para igual objeto o bien compromiso de participación en su financiación, en 2005, hasta una cantidad mínima igual a la mitad de la cuantía que según el anexo II le pueda llegar a corresponder a su grupo de población.

 d) Cuando previamente no hubiera sido presentada, solicitud de ingreso en el SNBE, y memoria detallada del proyecto.

- En caso de solicitudes para la renovación de fondos:

 a) Una relación de cualesquiera otras ayudas solicitadas para el mismo objeto, entidades públicas o privadas a las que se hayan solicitado, así como estado de las mismas, (denegadas, pendientes de resolución, concedidas), e importes. Caso contrario, documento declarativo de no haber solicitado otras ayudas para el referido objeto.

 b) Certificado del Secretario/a de la entidad solicitante en el que conste la población censada en la misma, así como la referencia de la cual se ha extraído dicho dato.

 c) Certificado de cantidad de fondos propios destinada en los presupuestos del 2005 para el citado objeto, o bien compromiso de participación en su financiación. En el caso de optar por la segunda opción, deberá especificarse si la entidad se obliga a aportar una cantidad como mínimo igual a la que reciba del Departamento de Cultura, o bien el límite máximo que se esté dispuesto a destinar para el fin mencionado.

 d) Cuando la/s bibliotecas no esté/n operativa/s a fecha de presentación de la solicitud, compromiso firmado por el Alcalde de que lo estará antes de la finalización del año.


Plazo de presentacion

7-5-2005 al 20-6-2005


Lugar presentación solicitudes

Gobierno Vasco
Departamento de Cultura
c/Donostia-San Sebastián 1
Lakua I, 2ª planta
01.010 Vitoria-Gasteiz

Delegación Territorial de Cultura de Bizkaia
Gran Vía 85
48.011 Bilbo

Delegación Territorial de Cultura de Gipuzkoa
Andia 13
20.004 Donostia-San Sebastián


Descripción de los trámites

Inicio, instrucción y resolución


Órgano que resuelve

Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes


Plazo de resolución

Cuatro meses, a contar desde el día de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.


Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


FormulariosAnexos

Otros documentos

No hay


Observaciones

No hay


Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

14/09/2005