- a) Mantener la relación estable y la coordinación con el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Superior de Justicia y demás Órganos Judiciales, Fiscalías, Órganos competentes e Instituciones de Justicia de otras Comunidades Autónomas, del Estado o de otros países, así como con las organizaciones representativas de los Abogados, Procuradores y Secretarios Judiciales.
- b) Programar la formación dirigida a Jueces, Magistrados, Fiscales y Secretarios Judiciales con destino en la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como a los Abogados, prestando especial atención a la formación en el Derecho propio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- c) Procurar el establecimiento de condiciones que favorezcan la estabilidad y permanencia en la Comunidad Autónoma de los Magistrados, Jueces y Fiscales con destino en la misma.
- d) Elaborar, proponer e implantar el Plan Organizativo de las Oficinas y Servicios Judiciales, Fiscalías e Instituto Vasco de Medicina Legal, coordinar sus actividades y proveer los medios y recursos materiales que requieran.
- e) Diseñar y organizar las Unidades de Apoyo Directo, los Servicios Comunes Procesales y las Oficinas Comunes de Apoyo radicadas en la Comunidad Autónoma y dirigir la organización y funcionamiento del Instituto Vasco de Medicina Legal, los Equipos Psicosociales Judiciales, los Peritos Judiciales y el Servicio de Traductores de euskera.
- f) Gestionar programas de ayudas a los Juzgados de Paz e impulsar actuaciones en materia de Justicia de Paz.
- g) Impulsar las funciones del Observatorio Vasco de la Administración de Justicia, prestando la asistencia técnica y administrativa necesaria.
- h) Elaborar y ejecutar programas y planes de mejora y modernización de la Administración de Justicia.
- i) Elaborar el Plan Informático correspondiente a la Administración de Justicia, prestando los servicios informáticos derivados del referido Plan.
- j) Impulsar la normalización lingüística en la Administración de Justicia, desarrollando la unificación del lenguaje jurídico y la implantación documental del euskera.
- k) Organizar y gestionar la euskaldunización y alfabetización del personal al servicio de la Administración de Justicia y planificar y desarrollar los programas de euskaldunización de los colectivos no transferidos relacionados con la Administración de Justicia.
- l) Realizar la planificación y provisión de todos los medios materiales y económicos necesarios para el funcionamiento de la Administración de Justicia.
- m) Planificar las necesidades de creación de nuevos Órganos y Servicios Judiciales con sede en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- n) Estudiar las condiciones de uso y proveer las necesidades en materia de espacio, instalaciones y equipamientos de los edificios de la Administración de Justicia.
- o) Elaborar y supervisar los proyectos de los Órganos y Servicios Judiciales y dirigir y controlar el desarrollo técnico de los Planes de obras e instalaciones.
- p) Ejercer la inspección técnica y control de las certificaciones de obras, así como las funciones de aprobación inicial de los Proyectos, formulación y comprobación del replanteo.
- q) Planificar los recursos materiales y el Plan de Obras en materia de Instituciones y Establecimientos Penitenciarios.
- r) Elaborar y supervisar la ejecución de los Planes de mantenimiento de todos los edificios e instalaciones al servicio de la Administración de Justicia dependientes del Departamento.
- s) Coordinar la seguridad de los Órganos y Servicios Judiciales y de sus instalaciones, así como elaborar y supervisar los Planes de Emergencia de los mismos.
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t) Planificar, dirigir, organizar y supervisar las Unidades Técnicas de Gestión / Eraentzarako Antolapide Teknikoak, EAT, en coordinación con las demás Direcciones de la Viceconsejería.
Las Unidades Técnicas de Gestión / Eraentzarako Antolapide Teknikoak, EAT, ubicadas en los Palacios de Justicia radicados en cada capital de los Territorios Históricos, se configuran como Servicios Territoriales descentralizados de la Viceconsejería de Justicia y dependen orgánicamente de la Dirección de Relaciones con la Administración de Justicia y funcionalmente de la Dirección de la Viceconsejería de Justicia que resulte competente por la materia.
Estas Unidades ejercen las funciones de:
– Enlace permanente entre todas las Direcciones de la Viceconsejería y los Órganos y Servicios Judiciales.
– Atención a las necesidades de los Órganos y Servicios Judiciales de su ámbito territorial.
– Apoyo directo en orden a la implantación del Plan organizativo de Oficinas y Servicios Comunes.