Departamento / Organismo Autónomo
Industria, Comercio y Turismo
Dirección de Energía y Minas
Otorgamiento de la condición de instalación de producción de energía eléctrica en Régimen Especial e Inscripción previa y definitiva en el correspondiente registro administrativo.
Destinatarios/asTitulares de instalaciones de producción de energía eléctrica con fuentes de energía renovables, resíduos, biomasa, cogeneración, calores residuales o centrales hidroeléctricas, en las condiciones y con los límites de potencia expresados en la Ley 54/97 y en el Real Decreto 2818/1998.
Normativa reguladoraLEY 82/80 de 30 de Diciembre (B.O.E. 27-01-81). Sobre conservación de energía.
LEY 54/1997 de 27 de noviembre del Sector Eléctrico (B.O.E. 28-11-97).
REAL DECRETO 2818/1998, de 23 de diciembre, sobre producción de energía por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, resíduos y cogeneración (BOE nº 312, de 30 de diciembre de 1998).
ORDEN de 30 de noviembre de 2001, del Consejero de Industria y Comercio, sobre control y seguimiento en las plantas de produccón de energía eléctrica en régimen espeical (BOPV 28.12.01)de rendimientos en las Plantas de Cogeneración.
Oficina Territorial de Álava
Coordinador del Servicio de Energía
Teléfono: 945.01.77.77
Oficina Territorial de Gipuzkoa
Coordinador del Servicio de Energía
Teléfono: 943.02.25.12
Oficina Territorial de Bizkaia
Coordinador del Servicio de Energía
Teléfono: 94.403.14.13
Reguladas por la Ley 13/1998, de mayo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV nº 13 de 20-7-98).
Plazo de presentacion Durante todo el año.
Oficina Territorial de Industria
- Servicio de Energía.
Tres meses
Efectos del silencioDesestimatorios
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
No hay
Otros documentosNo hay
No hay.
Nota
29/11/2007