Hoteles y Pensiones: solicitud de estimación de la clasificación, previa a la realización de las obras (consultas previas) |
| Departamento / Organismo Autónomo Industria, Comercio y Turismo |
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Órgano gestor Dirección de Ordenación Turística |
| Informar de la posible clasificación, que a un proyecto le podría corresponder, en caso de ejecución del mismo.
Informar de la posible clasificación, que a un proyecto le podría corresponder, en caso de ejecución del mismo.
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| Destinatarios/as Empresas de alojamiento turístico hotelero. ( artículo 11 y 12 de la Ley 6/1994, de 16 de marzo)
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| Normativa reguladora - La Ley 6/1994 , de 16 de marzo, de Ordenación del Turismo artículos 14 al 18.( BOPV de 14 de abril) - DECRETO 102/2000, de 29 de mayo, por el que se establece la ordenación de los establecimientos hoteleros.
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| Personas de contactoTécnicos de Turismo de las Oficinas Territoriales
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Documentación a aportar
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| Tasas a aplicar No hay.
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| Plazo de presentacion Durante todo el año.
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| Lugar presentación solicitudes OFICINA TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DE ALAVA OFICINA TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DE BIZKAIA OFICINA TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DE GIPUZKOA
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Descripción de los trámites
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| Órgano que resuelveDirección de Ordenación Turística
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| Plazo de resolución Indeterminado |
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Efectos del silencio Desestimatorios |
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Fín de la vía administrativa La resolución NO pone fín a la vía administrativa |
| Recursos / Reclamaciones |
| Formularios Impreso de Solicitud Solicitud de ampliación de plazo para aportar la documentación requerida |
| Otros documentos No hay.
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| Observaciones No hay.
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| Nota Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica. |
| Fecha de la última modificación 21/02/2005 |