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Departamento de Industria, Comercio y Turismo

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WAI-A

Restaurantes: Autorización de Cambio de Categoría (Reclasificación)
 

Departamento / Organismo Autónomo

Industria, Comercio y Turismo


Órgano gestor

Dirección de Ordenación Turística


Cambio de categoría de los establecimientos de restauración pertenecientes al grupo restaurantes. (1 a 4 y de lujo representadas por tenedores) (manteniéndose como restaurante)

Cambio de categoría de los establecimientos de restauración pertenecientes al grupo restaurantes. (1 a 4 y de lujo representadas por tenedores) (manteniéndose como restaurante)


Destinatarios/as

Empresas de restauración (artículo 34 de la Ley 6/1994 ).


Normativa reguladora

- Ley 6/1994 de 16 de marzo, de ordenación del turismo .(artículo 36 ).

- Decreto 148/1993, de 18 de Mayo, por el que se amplían los supuestos de reclasificación administrativa de los establecimientos de restauración.(artículo único).

- Orden de 17 de marzo de 1965, por la que se aprueba la ordenación turística de restaurantes (arts.15 a 20)

- Orden de 20 de noviembre de 1964, sobre Registro de Empresas y Actividades Locales


Personas de contacto

Técnicos de turismo de las Oficinas Territoriales


Documentación a aportar

Solicitud.


Tasas a aplicar

No hay


Plazo de presentacionDurante todo el año

Lugar presentación solicitudes

OFICINA TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DE ALAVA
Samaniego,2
01008 Vitoria-Gasteiz
Tef. 945 01 70 55
E-mail:
ma-gonza@ej-gv.es

OFICINA TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DE BIZKAIA
General Concha,23
48010 Bilbao
Tef. 944 03 14 78
E-mail:
a-lekue@ej-gv.es

OFICINA TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DE GIPUZKOA
Easo,10
20006 Donostia-San Sebastián
Tef. 943 02 25 64
E-mail:
m-etxebeste@ej-gv.es


Descripción de los trámites

  • Presentación de la documentación por parte del solicitante en la Oficina Territorial.
  • Análisis de la solicitud por parte del técnico, si la documentación es incompleta, se requiere aporte de documentación complementaria.
  • Realización de la inspección por parte del técnico.
  • Elaboración del informe técnico.
  • Elaboración de la resolución y su aprobaciónpor parte de la Dirección de Ordenación.
  • Comunicación al solicitante.


Órgano que resuelve

Dirección de Ordenación Turística


Plazo de resolución

No determinado


Efectos del silencio

Estimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


Formularios

Impreso de Solicitud

Solicitud de ampliación de plazo para aportar la documentación requerida.


Otros documentos

Libro de Inspección (a adquirir por el establecimiento, según precio oficial)

Hojas de Reclamaciones (a adquirir por el establecimiento, según precio oficial)


Observaciones

No hay


Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

21/02/2005