Funciones
- La asistencia técnico-jurídica y administrativa al/la Consejero/a del Departamento.
- Actuar como Órgano de Contratación del Departamento en los expedientes de cuantía que no exceda de 100.000 euros.
- La coordinación de las relaciones entre los distintos órganos del Departamento y de éstos con el resto del Gobierno.
- La dirección y coordinación de la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto del Departamento, así como la organización y coordinación de la gestión presupuestaria del Departamento y su seguimiento, informando a los distintos órganos de su situación y evolución.
- La autorización de los gastos del Departamento, sin perjuicio de las competencias reconocidas a otros órganos en el presente Decreto o en otras normas.
- La tramitación de los expedientes de contratación del Departamento.
- La coordinación de la planificación, control y gestión en materia del personal del Departamento, siendo el órgano competente para el ejercicio de las funciones recogidas en el artículo 10.1 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.
- La elaboración y gestión de los programas de acción social, formación y perfeccionamiento del personal del Departamento, sin perjuicio de las atribuciones de los órganos competentes en estas materias en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- La coordinación del desarrollo de la política de euskaldunización y normalización lingüística del personal del Departamento, sin perjuicio de las competencias del Departamento de Cultura.
- La tramitación de los asuntos del Departamento que deban ser objeto de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco u otros Boletines Oficiales.
- La asistencia jurídica, asesoramiento y apoyo al resto de órganos del Departamento y, en su caso, a los órganos consultivos y demás entidades adscritas al mismo.
- La realización de estudios e informes en asuntos que se susciten en el Departamento, cuando no estén atribuidos a otras Direcciones.
- El apoyo técnico a cualquier órgano del Departamento en materias relacionadas con las estadísticas departamentales.
- La organización y administración de los servicios generales del Departamento, la coordinación de los sistemas y métodos de trabajo de las Viceconsejerías, Direcciones y Delegaciones Territoriales y la ordenación de la distribución espacial de las distintas unidades administrativas del Departamento, así como su equipamiento material, sin perjuicio de las competencias del Departamento de Hacienda y Administración Pública.
- La coordinación y gestión de las aplicaciones informáticas y el desarrollo del Plan Informático del Departamento, sin perjuicio de las competencias del Departamento de Hacienda y Administración Pública.
- La organización, dirección y gestión del Registro General, de la Biblioteca, del Fondo Documental y del Archivo del Departamento, sin perjuicio de las competencias del Departamento de Hacienda y Administración Pública.
- Actuar como órgano responsable de garantizar el soporte necesario para desarrollar y ejecutar las iniciativas y directrices dictadas por el órgano competente en materia de reforma y modernización de la Administración en orden a desarrollar las previsiones del Programa de Gobierno relativas a la citada materia en el ámbito de actuación del Departamento.
- Las funciones atribuidas al Departamento en materia de Cámaras de la Propiedad Urbana del País Vasco.
- La ejecución de las medidas de coordinación para desarrollar la intervención del Gobierno Vasco en la elaboración y aplicación de la normativa y de las políticas de la Unión Europea, de conformidad con las normas en vigor, canalizando la tramitación de los asuntos y relaciones de los órganos del Departamento con las Instituciones Comunitarias a través del órgano competente de la Presidencia de Gobierno.
- El impulso, coordinación y colaboración con las distintas direcciones y áreas del Departamento y con los organismos autónomos, entes públicos y órganos adscritos al mismo para la ejecución de las medidas previstas en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, y en el Plan para la igualdad aprobado por el Gobierno Vasco.
- Asegurar el óptimo funcionamiento de los servicios de información y atención al ciudadano del Departamento (niveles 2 y 3 de atención), así como articular adecuadamente las relaciones con el servicio de atención al ciudadano del Gobierno -Zuzenean- asegurando la existencia de interlocutores operativos en las diferentes materias de su ámbito competencial.
- Coordinar, organizar y dirigir las Delegaciones Territoriales del Departamento que dependerán directa y jerárquicamente de la misma, sin perjuicio de las competencias que por razón de la materia ostenten los distintos órganos que lo integran.
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