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Procedimiento de inscripción previa de instalaciones de producción en régimen especial general

 

Departamento / Organismo Autónomo

Industria, Innovación, Comercio y Turismo


Órgano gestor

Dirección de Energía y Minas


Objeto

Formalización de la inscripción previa en el Registro de las Instalaciones de Producción en Régimen Especial. Destinatarios/as

Se aplica a todas las instalaciones de baja tensión excepto a las fotovoltaicas de menos de 100 kW y conexión en baja tensión.

Normativa reguladora
  • Real Decreto 661/2007 de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

  • REAL DECRETO 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha límite de mantenimiento de la retribución del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, para dicha tecnología.

  • REAL DECRETO 1663/2000, de 29 de septiembre, sobre conexión de instalaciones fotovoltaicas a la red de baja tensión.

  • ORDEN de 11 de julio de 2001, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el procedimiento administrativo aplicable a determinadas instalaciones de energía solar fotovoltaica.

  • RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2002, del Director de Energía, por la que se autoriza al Centro para el Ahorro y Desarrollo Energético y Minero (CADEM, S.A.) para actuar como entidad reconocida en el ámbito del control de rendimientos de plantas de producción de energía eléctrica en régimen especial.

  • DECRETO 104/2002, de 14 de mayo, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial Sectorial de la Energía Eólica en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

  • DECRETO 115/2002, de 28 de mayo, por el que se regula el procedimiento para la autorización de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica, a través de Parques Eólicos, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

  • LEY 8/2004, de Industria de la Comunidad Autónoma de Euskadi (B.O.P.V. 29/11/2004)

Personas de contacto

Delegación Territorial de Álava
Tel.: 945 01 77 70

Delegación Territorial de Bizkaia
Tel.: 944 03 14 00

Delegación Territorial de Gipuzkoa
Tel.: 943 02 25 30

Documentación a aportar
  • Solicitud general
  • Acta de puesta en servicio provisional
  • Contrato con empresa distribuidora

Tasas a aplicar

No aplica.

Plazo de presentacion A lo largo de todo el año.
Lugar presentación solicitudes

Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 01 77 70

Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao
Tel.: 944 03 14 00

Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo,10
20006 Donostia-San Sebastián
Tel.: 943 02 25 30

Descripción de los trámites ---
Órgano que resuelve Dirección del Servicio de Energía.
Plazo de resolución

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Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


Formularios

Solicitud general

Otros documentos ---
Observaciones

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Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

07/06/2010