Modernización de establecimientos comerciales ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
3.682.000,00 €.
de la Viceconsejera de Comercio y Turismo por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas establecidas en el Programa de Apoyo a la Modernización de Establecimientos Comerciales, para el ejercicio 2010.
del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de apoyo a la Modernización de Establecimientos Comerciales.
de la Directora de Comercio, por la que se delegan en los Delegados Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo el ejercicio de la competencia sobre determinadas materias.
Oficinas de atención al público:
Gobierno Vasco
Dirección de Comercio
Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Delegación Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo de Álava
C/ Samaniego, 2
01009 Vitoria-Gasteiz
Delegación Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo de Bizkaia
C/ General Concha, 23
48010 Bilbao
Delegación Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo de Gipuzkoa
C/ Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián
Oficinas de atención al público:
Gobierno Vasco
Dirección de Comercio
Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Delegación Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo de Álava
C/ Samaniego, 2
01009 Vitoria-Gasteiz
Delegación Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo de Bizkaia
C/ General Concha, 23
48010 Bilbao
Delegación Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo de Gipuzkoa
C/ Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián
Dirección de Comercio
Tlf.: 945 01 99 67
e-mail: j-cadarso@ej-gv.es
Delegación Territorial de Álava
Tlf.: 945 01 70 54
e-mail: mj-cubo@ej-gv.es
Delegación Territorial de Bizkaia
Tlf.: 94 403 18 44
e-mail: i-lopezperez@ej-gv.es
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Tlf.: 943 02 25 66
e-mail: t-urkiol@ej-gv.es
Modernización de establecimientos comerciales ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Empresas PYMES cuya actividad principal, en cuanto al volumen de negocio, sea comercial, entendiendo por tal según la norma, la puesta a disposición del mercado de productos o mercancías adquiridas con esa finalidad, sin modificación sustancial de las mismas, así como la venta de bienes de consumo final realizada directamente por los productores, artesanos o industriales, entendiéndose por tales bienes aquellos no destinados a integrarse en procesos de producción, comercialización o prestación de servicios a terceros
Reunir los requisitos establecidos en la Recomendación 2003/361/CE del a Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de pequeñas y medianas empresas, o las disposiciones que la sustituyan o modifiquen.
Dotación económica:
Subvención a fondo perdido del 20 % para inversiones comprendidas en el grupo 1 ó del 15 %, para las del grupo 2.
Activos grupo 1)
- aplicaciones informáticas ( software)
- equipos para el proceso de información y complementos (escáner, impresora,…)
- cajas registradoras
- terminales punto de venta
- lectores de códigos
- sistemas de etiquetaje
- agendas electrónicas
Activos grupo 2)
- Mobiliario
- Reformas de los locales de venta
- Sistemas de aire acondicionado, anti-hurto,…
- Rotulaciones tanto internas como externas
- Reformas de escaparates
- Equipamiento de aparatos o herramientas necesarias para la actividad comercial
Estos porcentajes pueden incrementarse en 2 puntos si la empresa pertenece a alguna asociación de comerciantes y si además ha obtenido la certificación de calidad UNE 175001 la subvención aumenta otros 2 puntos.
Para el cálculo de la subvención se considera el coste en factura deducido el impuesto del valor añadido.
Condiciones de los activos a apoyar:
- Inversión mínima admitida: 600 € para inversiones recogidas en el grupo 1
- Inversión mínima admitida: 2.000 euros para el resto de inversiones
- Se materializarán en el año 2010, si bien las inversiones realizadas después del cierre del plazo de solicitudes, pueden admitirse en el ejercicio siguiente presentando la correspondiente solicitud
- Serán de nuevo uso
- No se cederán a terceros
- El periodo mínimo de amortización será de tres años
- No habrá sido fabricada, realizada o desarrollada por la empresa solicitante.
(Los impresos se deben de descargar desde la ventana de la aplicación, en el apartado Formulario papel)
Documentación:
a) Fotocopia del poder de representación de la persona solicitante y de la escritura de constitución con sus posteriores modificaciones e inscripción en los registros que corresponda
b) Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la persona jurídica o del D.N.I. de la persona solicitante.
c) Certificado de altas y bajas del impuesto de actividades económicas
d) Documento de alta de tercero interesado
e) En su caso, certificado de pertenencia a una asociación de comerciantes.
f) Copia de las certificaciones de calidad o excelencia, si es el caso, obtenidas por la empresa.
g) Facturas originales o fotocopias compulsadas de las mismas.
h) Certificado de estar al corriente en Hacienda o autorización a la Administración para su petición.
Dirección de Comercio
Tlf.: 945 01 99 67
e-mail: j-cadarso@ej-gv.es
Delegación Territorial de Álava
Tlf.: 945 01 70 54
e-mail: mj-cubo@ej-gv.es
Delegación Territorial de Bizkaia
Tlf.: 94 403 18 44
e-mail: i-lopezperez@ej-gv.es
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Tlf.: 943 02 25 66
e-mail: t-urkiol@ej-gv.es
La resolución deberá emitirse en el plazo de 6 meses contado desde el día siguiente a la presentación de la solicitud.