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Hedatu 2012

RESUMEN
Título:
Hedatu 2012
Objeto:
Apoyar en el ejercicio 2012 la realización de Proyectos de Difusión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que potencien la divulgación al mundo empresarial y a la Sociedad vasca del saber y de las innovaciones de la Investigación Científico-Tecnológica, así como de la promoción de la valorización social de la labor del investigador y de la imagen tecnológica e innovadora del País, a fin de impulsar mayores niveles de excelencia investigadora.
Dotación presupuestaria:
300.000,00 euros
Normativa de la convocatoria:
  • Resolución de 30 de noviembre de 2011, (BOPV N 247/2011)
    del Viceconsejero de Innovación y Tecnología, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para el ejercicio 2012, dentro del marco establecido por la Orden de 12 de septiembre de 2005, por la que se regula el programa de apoyo a la realización de proyectos de difusión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, programa Hedatu.
Normativa reguladora:
  • Orden de 12 de septiembre de 2005, (BOPV N 181/2005)
    de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de apoyo a la realización de proyectos de difusión de la ciencia, la tecnología y la innovación, programa Hedatu.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Industria, Innovación, Comercio y Turismo
Órgano convocante:
Viceconsejería de Innovación y Tecnología
Entidad resolutora:
Gobierno Vasco
Contacto presencial:

SPRI
Edificio Plaza Bizkaia
Alameda de Urkijo 36, 4º
48011 Bilbao

o en cualquiera de los lugares especificados en el artículo 38-4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contacto telefónico:

GOBIERNO VASCO
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA
Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Tfno: 945 018208
E-mail: i-alba@ej-gv.es
Persona de contacto: Iñaki Alba

SPRI
Edificio Plaza Bizkaia
Alameda de Urkijo 36, 4º
48011 Bilbao
Tfno: 94 403 70 43
E-mail: mgarcia@spri.es
Persona de contacto: Miguel García

TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:

SPRI
Edificio Plaza Bizkaia
Alameda de Urkijo 36, 4º
48011 Bilbao

o en cualquiera de los lugares especificados en el artículo 38-4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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SPRI
Edificio Plaza Bizkaia
Alameda de Urkijo 36, 4º
48011 Bilbao

o en cualquiera de los lugares especificados en el artículo 38-4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Hedatu 2012
Apoyar en el ejercicio 2012 la realización de Proyectos de Difusión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que potencien la divulgación al mundo empresarial y a la Sociedad vasca del saber y de las innovaciones de la Investigación Científico-Tecnológica, así como de la promoción de la valorización social de la labor del investigador y de la imagen tecnológica e innovadora del País, a fin de impulsar mayores niveles de excelencia investigadora.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Empresas, Fundaciones y Asociaciones de Empresas, así como las Entidades Tecnológicas de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Además de la información disponible sobre el Programa HEDATU en la dirección de Internet www.euskadi.net/industria, los solicitantes podrán cumplimentar la solicitud y adjuntar los documentos requeridos, de acuerdo con el procedimiento telemático establecido. Para ello, se ha habilitado la web https://www.spri.es/idi/idi/

 

Los solicitantes deberán cumplimentar la solicitud y adjuntar al menos los siguientes documentos:

a)      Una solicitud, que deberá contener información general de la entidad.

b)      Memoria descriptiva de los datos básicos de actividad de la entidad.

c)      Memoria descriptiva del  Proyecto de  Difusión.

d)      Copia del poder de representación de la persona solicitante.

e)      Declaración jurada, que quedará sometida al régimen sancionador, tanto administrativo como penal vigente, en caso de falseamiento de datos, respecto a la veracidad de los siguientes aspectos:

  • Que se encuentra al corriente de sus obligaciones con Hacienda.
  • Que, tratándose de una Pyme, sus características se correspondan, con la calificación de PYME según las normas comunitarias
  • Que no tienen vinculación ni dependencia de las Administraciones Públicas, ni pertenecen a la Administración Institucional. 
  • Que no se encuentran incursos en ninguna causa de prohibición o inhabilitación a que se refiere el apartado c) del artículo 7 de la Orden que regula el programa Hedatu.
  • Ayudas que para el mismo proyecto hayan sido concedidas y/o solicitadas de otras instituciones públicas o privadas.
PRESTACIÓN
Dotación:
300.000,00 euros
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Documentación a aportar
Presencial
Formularios:
Documentación:
  • Además de la información disponible sobre el Programa HEDATU en la dirección de Internet www.euskadi.net/industria, los solicitantes podrán cumplimentar la solicitud y adjuntar los documentos requeridos, de acuerdo con el procedimiento telemático establecido. Para ello, se ha habilitado la web https://www.spri.es/idi/idi/

     

    Los solicitantes deberán cumplimentar la solicitud y adjuntar al menos los siguientes documentos:

    a)      Una solicitud, que deberá contener información general de la entidad.

    b)      Memoria descriptiva de los datos básicos de actividad de la entidad.

    c)      Memoria descriptiva del  Proyecto de  Difusión.

    d)      Copia del poder de representación de la persona solicitante.

    e)      Declaración jurada, que quedará sometida al régimen sancionador, tanto administrativo como penal vigente, en caso de falseamiento de datos, respecto a la veracidad de los siguientes aspectos:

    • Que se encuentra al corriente de sus obligaciones con Hacienda.
    • Que, tratándose de una Pyme, sus características se correspondan, con la calificación de PYME según las normas comunitarias
    • Que no tienen vinculación ni dependencia de las Administraciones Públicas, ni pertenecen a la Administración Institucional. 
    • Que no se encuentran incursos en ninguna causa de prohibición o inhabilitación a que se refiere el apartado c) del artículo 7 de la Orden que regula el programa Hedatu.
    • Ayudas que para el mismo proyecto hayan sido concedidas y/o solicitadas de otras instituciones públicas o privadas.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:


Electrónico
Aplicaciones:


Resto Trámites
Resto Trámites:
Descripción de los trámites
Presencial
Formularios:
Documentación:
  • El proceso a grandes rasgos es el siguiente:

    • La recepción y subsanación de solicitudes la realizan la Dirección de Tecnología y la SPRI.
    • La evaluación de las solicitudes se realiza en la SPRI.
    • Se tramitan las propuestas de resolución a la Oficina de Control Económico por la Dirección de Tecnología.
    • La resolución y los pagos los realiza la Dirección de Tecnología. El seguimiento y control posterior lo realizan la Dirección de Tecnología y la SPRI
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
31/12/2011 - 30/03/2012
Plazo de resolución:

Seis meses desde la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.