37.900.000 euros
Programa cofinanciado por FEDER
GOBIERNO VASCO
DIRECCION DE TECNOLOGIA
c/ Donostia-San Sebastian, 1.
01010 Vitoria-Gasteiz
GOBIERNO VASCO
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE INDUSTRIA, INNOVACIÓN, COMERCIO Y TURISMO DE ALAVA
c/ Samaniego, 2
01009 Vitoria-Gasteiz
GOBIERNO VASCO
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE INDUSTRIA, INNOVACIÓN, COMERCIO Y TURISMO DE BIZKAIA
c/ General Concha, 23
48010 Bilbao
GOBIERNO VASCO
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE INDUSTRIA, INNOVACIÓN, COMERCIO Y TURISMO DE GIPUZKOA
c/ Easo 10
20006 Donostia-San Sebastian
SPRI
Edificio Plaza Bizkaia
c/ Alameda de Urkijo 36, 4º
48011 Bilbao
GOBIERNO VASCO
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA
c/ Donostia-San Sebastian, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Tfno: 945 018208 E-mail: l-segurola@ej-gv.es
SPRI
Edificio Plaza Bizkaia
c/ Alameda de Urkijo 36, 4º
48011 Bilbao
Tfno: 94 4037043 E-mail: mgarcia@spri.es
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Si se trata de un proyecto en cooperación:
Las entidades interesadas habrán de presentar una única solicitud integrada por proyecto.
Además, uno de los participantes, bien sea por interés tecnológico, bien por tener un mayor protagonismo en el desarrollo del mismo o bien por otros motivos habrá de asumir, a efectos de responsabilizarse del desarrollo y de la gestión del proyecto y de asumir todas las funciones de interlocución y relación necesarias para la buena marcha del proyecto, con la Administración, la condición de líder del proyecto.
La declaración jurada se exigirá tanto para el líder como para las demás empresas y tanto uno como otras deberán presentar copia de la escritura de apoderamiento.
37.900.000 euros
Programa cofinanciado por FEDER
Además de la información disponible sobre el Programa GAITEK en la dirección de Internet www.euskadi.net/industria , los solicitantes podrán cumplimentar la solicitud y adjuntar los documentos requeridos, de acuerdo con el procedimiento telemático establecido. Para ello, se ha habilitado la web https://www.spri.es/idi/idi/
Los solicitantes deberán cumplimentar la solicitud y adjuntar al menos los siguientes documentos:
A) Una solicitud, que deberá contener información general de la empresa.
b) Memoria descriptiva de los datos básicos de actividad de la empresa.
c) Memoria descriptiva del Proyecto de Investigación.
d) Copia del poder de representación de la persona solicitante.
e) Declaración jurada, que quedará sometida al régimen sancionador, tanto administrativo como penal vigente, en caso de falseamiento de datos, respecto a la veracidad de los siguientes aspectos:
La Resolución de concesión será emitida por el Viceconsejero de Innovación y Tecnología.
El pago de la subvención se realizará en dos partes: un 70% de forma inmediata a la comunicación de la resolución y el restante 30% se abonará una vez concluido el programa anual y previa presentación durante el primer trimestre del año siguiente de la documentación justificativa que permita comprobar tanto la realización de las actividades subvencionadas, como el grado de consecución de los objetivos por ellas perseguidos.