El subprograma de apoyo a la participación de empresas en programas internacionales de I+D (Interempresas Internacional) está orientado prioritariamente a favorecer la participación de empresas españolas en programas de cooperación internacional en el ámbito de la I+D.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria exclusivamente las empresas (exceptuando los empresarios individuales) y las agrupaciones de interés económico (AIE), según se definen respectivamente en el artículo 6.1.a) y k) de la Orden de bases reguladoras. a) Empresas, entendiendo por tales, las entidades cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica y que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda. A los efectos de la presente orden, se integran en particular en el concepto de empresa, las sociedades mercantiles privadas, las sociedades mercantiles públicas, las entidades públicas empresariales y los empresarios individuales. Dentro del concepto empresa, se diferencian las pequeñas y medianas empresas, que a su vez se definen y subdividen según se indica a continuación. 1.º Pequeña y mediana empresa (PYME). Se entenderá por tal, de acuerdo con la Recomendación n.º 2003/361/CE de la Comisión Europea, de 6 de mayo de 2003, sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, la empresa que cumpla los siguientes requisitos: i) Que emplee a menos de 250 personas. ii) Que su volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros, o su balance general anual no exceda de 43 millones de euros. iii) Que el cómputo de los efectivos y límites en el caso de empresas asociadas o vinculadas se efectúe como disponen los apartados 2 y 3 del artículo 6 del anexo de la referida Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003. k) Las siguientes agrupaciones o asociaciones: 1. Unión temporal de empresas. 2. Agrupación de interés económico. 3. Asociaciones empresariales sectoriales sin ánimo de lucro. 4. Otras agrupaciones de los beneficiarios citados en las párrafos a), b), c), d), e), f), g) y h) de este apartado.
PRESTACIÓN
Límite:
Los límites de las ayudas vendrán determinados por el Marco Comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2006/C 323/01).
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Con la solicitud se adjuntarán los documentos/ficheros que se relacionan a continuación (los formatos de fichero admitidos para toda la documentación son los que corresponden a las siguientes extensiones: «.pdf», «.rtf», «.doc», «.zip», «rar», «jpg», «tiff» y en ningún caso superará 3 Mbytes de información): a) Memoria del proyecto. b) Documentación jurídico-administrativa: 1.ª La tarjeta de identificación de personas jurídicas y entidades en general (CIF) del solicitante, y, en caso de proyectos en cooperación, de cada uno de los participantes. 2.ª Acreditación válida del firmante de la solicitud de que actúa como representante del beneficiario, de acuerdo con lo previsto en el artículo 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.ª De conformidad con el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la presentación de la solicitud para la obtención de ayuda conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados electrónicos. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces dicha certificación. 4.ª Declaración de cada solicitante, emitida por su representante legal, de no hallarse su entidad en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El representante legal deberá comunicar cualquier variación de las circunstancias recogidas en dicha declaración, en el momento en que éstas se produzcan. 5.ª Declaración de los solicitantes de si están en período de reestructuración según una Decisión de la Comisión Europea de autorización de ayuda de salvamento y reestructuración de empresas en crisis. 6.ª Declaración de las ayudas o subvenciones obtenidas por cada solicitante con carácter previo a la solicitud, para la misma finalidad, procedente de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales. 7.ª Declaración de los solicitantes, emitida por su presentante legal, de que la solicitud de la ayuda es anterior al comienzo del proyecto objeto de ayuda. 8.ª Declaración de tipo y categoría de la empresa, emitida por cada uno de los solicitantes.
Lugares de Presentación
Lugares de Presentación