Contribuir a la cobertura de los costes derivados de la prestación de servicios de maquinaria agrícola en explotaciones agrarias.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Asociaciones Agrarias legalmente constituidas y que presten dichos servicios.
a) Deberán adoptar la forma jurídica de sociedades cooperativas, sociedades agrarias de transformación, sociedades civiles, laborales o mercantiles. b) Los estatutos de dichas sociedades deberán indicar obligatoriamente que su objetivo es la utilización de la maquinaria agrícola por parte de socios/as que la componen o la prestación de servicios de maquinaria agrícola en explotaciones agrarias. c) Asimismo, sus estatutos establecerán el plazo de permanencia de los socios en la sociedad, que nunca podrá ser inferior a cinco años. d) Estarán al corriente de sus obligaciones fiscales y en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social. e) El Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa podrá suscribir con las sociedades que presten servicios de maquinaria agrícola en explotaciones agrarias un Convenio de colaboración en el que se especificará el tipo de servicios a desarrollar, así como el coste horario y tarifas de los mismos.
PRESTACIÓN
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
a) Documentación acreditativa de que la asociación está al corriente de sus obligaciones a) Documentación acreditativa de que la asociación está al corriente de sus obligaciones fiscales y en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social. No obstante, la presentación de dicha documentación no será necesaria en caso de que en el impreso de solicitud, el/la representante de la asociación haya manifestado expresamente que autoriza al Departamento de Innovación, Desarrollo Rural y Turismo a recabar los datos referidos directamente de los correspondientes organismos emisores de los mismos. b) Declaración responsable de no estar incursa en prohibición para obtener la condición de beneficiaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa. c) Relación de explotaciones agrarias a las que se prestarán servicios durante el año 2012, con indicación del servicio contratado. d) Previsión de gastos atribuibles a los servicios a prestar durante el año 2012. e) Aquellas asociaciones que soliciten por primera vez estas ayudas al Departamento de Innovación, Desarrollo Rural y Turismo aportarán además: 1. Fotocopia del D.N.I. del/la representante legal. 2. Fotocopia del C.I.F. de la asociación. 3. Documento público de constitución de la asociación en el que quedarán perfectamente definidas: —La forma jurídica. —El objeto social, que deberá incluir necesariamente la prestación de los servicios de maquinaria agrícola a las explotaciones agrarias. —La duración mínima, que se ajustará al compromiso contraído con la Administración por la concesión de la ayuda. —La constitución del capital social. —La participación de los miembros en la gestión.
Lugares de Presentación
Lugares de Presentación