a) Favorecer la materialización de proyectos que promuevan la modernización, innovación y adaptación tecnológica de las industrias culturales y creativas, que sean económicamente identificables y diferenciables dentro de la actividad de la empresa y que se dirijan a la producción y/o distribución de bienes de uso y difusión cultural mediante plataformas en línea. b) Promover las inversiones materiales o inmateriales en el desarrollo de un producto cultural con un alto impacto tecnológico. c) Favorecer la materialización de proyectos que promuevan e incrementen la oferta legal de contenidos culturales en Internet mejorando el acceso de los ciudadanos a los mismos, con pleno respeto a la normativa vigente en materia de propiedad intelectual. d) Fomentar la digitalización de contenidos culturales y su difusión internacional.
NORI ZUZENDUA
Onuradunak:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas de referencia los profesionales inscritos en el Régimen Especial de trabajadores autónomos y las empresas de nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que, independientemente de su forma jurídica, se dediquen a la producción, distribución y/o comercialización de bienes culturales en los siguiente ámbitos: artes escénicas, artes visuales, patrimonio cultural, cine, televisión, radio, videojuegos y artes interactivas, nuevos medios de comunicación, música, libros, prensa, arquitectura, diseño, diseño gráfico, diseño de moda y publicidad.
PRESTAZIOA
TRAMITEAK
Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko izapidea
"Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko" izapideak hasten du prozedura, eta horretarako, pertsona interesdunak eskabideko inprimakia aurkeztu behar du, behar den bezala beteta, eskabideak aurkezteko adierazten den epearen barruan
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Aurrez aurrekoa
a) En el caso de personas físicas y en el supuesto de que no se preste el consentimiento –punto VII del anexo I– para la comprobación de datos, a través del sistema de verificación de datos (Real Decreto 552/2006, de 28 de abril), el solicitante aportará copia del Documento Nacional de Identidad o del Número de Identificación de Extranjero (NIE). Asimismo deberán presentar el último recibo, a fecha de publicación de esta convocatoria, que acredite el pago en el Régimen Especial de trabajadores autónomos. b) Los solicitantes sin residencia fiscal en España presentarán en todo caso copia del pasaporte. c) En el caso de personas jurídicas, copia de la tarjeta del Número de Identificación Fiscal de la entidad (NIF), acta fundacional, estatutos y certificación de la inscripción en el registro correspondiente. d) Declaración responsable del solicitante (en el caso de personas físicas) o del representante legal (en el caso de personas jurídicas) –punto IX del anexo I o punto VIII del anexo II– de no estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones, ni tener obligación por reintegro de subvenciones, según lo establecido en el artículo 13 de la LGS y en el artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en lo sucesivo RLGS). e) Aquella otra documentación que se exige en el formulario de solicitud, en concreto deberá firmarse la Declaración responsable de ayudas de «minimis».
Eskabideak aurkezteko lekua
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