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Programa de perfeccionamiento y movilidad del personal investigador

RESUMEN
Título:
Programa de perfeccionamiento y movilidad del personal investigador
Objeto:

El objeto de la presente orden es la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de ayudas para la realización de estancias en centros de investigación, con el fin de impulsar la movilidad geográfica del personal docente e investigador (PDI) asociado a las actividades de I+D+i, y mejorar la capacidad y competitividad de los grupos de investigación.

Este programa tiene dos modalidades:

B.1.- Estancias largas: en esta modalidad el PDI deberá desarrollar durante su estancia un proyecto de investigación que se encuentre integrado en la línea de trabajo del equipo receptor.

B.2.- Estancias cortas: en esta modalidad se incluyen acciones como aprendizaje de técnicas concretas, asistencia a cursos de alta calidad, estancias para la realización de trabajos específicos y otro tipo de actuaciones tendentes al establecimiento de intercambios científicos de alto nivel.

Dotación presupuestaria:

240.000 euros

Normativa reguladora:
  • ORDEN de 2 de noviembre de 2010 (BOPV N 226/2010)

    de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan los programas de perfeccionamiento y movilidad del personal investigador. (BOPV 24/11/2010)

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Educación, Universidades e Investigación
Órgano convocante:
Dirección de Política Científica
Entidad resolutora:
Educación, Universidades e Investigación
Órgano resolutor:
Dirección de Política Científica
Contacto presencial:

Departamento de Educación, Universidades e Investigación

Dirección de Política Científica
Referencia: Perfeccionamiento y movilidad del personal investigador
C/ Donostia-San Sebastián 1
01010 Vitoria-Gasteiz

por cualquiera de los modos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Contacto telefónico:
Nombre y Apellidos: Patxi Esparza
Tel.: 945 018295/98
Fax: 945 018422
E-mail: huisibas@ej-gv.es
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Programa de perfeccionamiento y movilidad del personal investigador

El objeto de la presente orden es la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de ayudas para la realización de estancias en centros de investigación, con el fin de impulsar la movilidad geográfica del personal docente e investigador (PDI) asociado a las actividades de I+D+i, y mejorar la capacidad y competitividad de los grupos de investigación.

Este programa tiene dos modalidades:

B.1.- Estancias largas: en esta modalidad el PDI deberá desarrollar durante su estancia un proyecto de investigación que se encuentre integrado en la línea de trabajo del equipo receptor.

B.2.- Estancias cortas: en esta modalidad se incluyen acciones como aprendizaje de técnicas concretas, asistencia a cursos de alta calidad, estancias para la realización de trabajos específicos y otro tipo de actuaciones tendentes al establecimiento de intercambios científicos de alto nivel.

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

1.- Las entidades beneficiarias de estas ayudas son los Agentes acreditados de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación pertenecientes a cualquiera de las categorías de agentes de acuerdo al artículo 2 del Decreto 221/2002, de 1 de octubre, por el que se actualizan las bases de regulación de la Red Vasca de Tecnología.

En todo caso, se entenderá como entidad beneficiaria aquella en la que se integra el PDI y que además tiene personalidad jurídica propia.

Los organismos beneficiarios deberán aplicar las ayudas exclusivamente para las actividades e investigadores o investigadoras que nominalmente aparecen en la solicitud y en la resolución de la convocatoria.

2.- No podrán ser beneficiarias aquellas entidades que se encuentran sancionadas penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o que se hallen incursas en prohibición legal alguna que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

a) Estar en servicio activo en la vinculación laboral acreditada.

b) Ser doctor o doctora en el momento de solicitar la ayuda.

c) 2 años de antigüedad con contrato indefinido en la plantilla del organismo beneficiario.

d) Para solicitudes en la modalidad B1, estancias largas, el PDI no habrá obtenido ninguna ayuda de este programa ni de ningún otro de características similares por un período acumulado superior a diez meses desde enero de 2008. En el caso de que el período acumulado de las estancias disfrutadas/obtenidas sea igual o inferior a 10 meses, podrá solicitarse la ayuda, pero sólo por el número de meses restante hasta 12 meses. Cuando con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el investigador realice o se le conceda una estancia de investigación, no notificada en la solicitud de ayuda, deberá comunicarlo a la Dirección de Política Científica. El cómputo de dicho período, en su caso, podrá suponer una reducción del período concedido e incluso la no posibilidad de ser candidato.

e) El PDI de la Universidad del País Vasco tendrá acceso a estas ayudas siempre y cuando formen parte de algún grupo de investigación que haya obtenido y mantenga vigente el reconocimiento como grupo “A” o “B” según resolución de la convocatoria de ayudas para apoyar las actividades de los grupos de investigación del sistema universitario vasco (*).

(*) Resolución de 30/10/2007, BOPV nº 228, de 27/11/2007 de la Viceconsejera de Universidades e Investigación, y Resolución de 22/04/2010, BOPV nº 83, de 6/05/2010, del Viceconsejero de Universidades e Investigación.

f) Todos los requisitos deberán cumplirse en el momento de la solicitud y su cumplimiento habrá de mantenerse en la fecha de inicio de la estancia. La vinculación laboral de la persona candidata con la entidad solicitante deberá mantenerse hasta el final de la estancia.

PRESTACIÓN
Dotación:

 Cuantía de las ayudas.

1.- El importe de la ayuda en la modalidad B.1 oscilará entre 1.600 euros y 2.200 euros mensuales. La dotación en cada caso se fijará en función de las condiciones socio-económicas del país de destino atendiendo a los datos, al término del plazo de presentación de solicitudes, de Producto Interior Bruto (PIB per cápita $ ppp) de los países, del Fondo Monetario Internacional. Las dotaciones para periodos inferiores al mes se obtendrán mediante una regla de proporcionalidad.

Podrá además establecerse un suplemento como ayuda a los gastos de desplazamiento desde el centro de origen al centro de destino y viceversa. El importe de la ayuda para gastos de viaje se fijará atendiendo a la siguiente tabla:

Distancia entre origen y destino Ayuda para gastos de viaje

Hasta 1000 Km.      300 euros

1001-2500 Km.       600 euros

2501-11000 Km.     1000 euros

Más de 11000 Km.   1200 euros

    Para estancias de duración superior a seis meses la dotación para viaje resultante de la aplicación de la tabla anterior se duplicará. Se concederá un suplemento de 300 euros para los desplazamientos en los que sea necesaria la tramitación de un visado.

2.- En la modalidad B.2, se establecen unos emolumentos semanales de 600 euros. La ayuda para gastos de viaje se determinará en iguales condiciones que la modalidad B.1.

3.- El PDI de las entidades beneficiarias que participe en las actividades financiadas por esta convocatoria contará con un seguro de accidentes y responsabilidad civil, complementado con un seguro de asistencia en viaje en el caso de estancias en el extranjero, extensible éste último, previa petición del interesado, al cónyuge e hijos menores de 25 años en caso de que lo acompañen en la estancia. Dicho seguro será igualmente extensible a las uniones de hecho por cualquier medio de prueba admitido en el ordenamiento jurídico.

Límite:

-

Forma de pago:

-

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Solicitud
Solicitud:
Programa de perfeccionamiento y movilidad del personal investigador
Presencial
Formularios:
Impreso de solicitud (Solicitud)
Anexo I

Documentación exigida (en ejemplar único).

Documentación:
  • Documentación a aportar

    Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

    a) Instancia de solicitud en el impreso normalizado núm.1, que incluye una declaración jurada del candidato o la candidata, en la que manifiesta que no posee ningún otro tipo de ayuda que tenga por objeto la financiación de esta actividad.

    La solicitud deberá estar firmada por la persona representante legal del organismo beneficiario, que es el solicitante de las ayudas, y por el PDI candidato. A estos efectos, y en el caso de solicitudes procedentes de la Universidad, la instancia de solicitud deberá venir firmada por el Vicerrector de Investigación, cuando lo hubiera, o equivalente.

    b) Impreso normalizado núm.2. Datos personales del PDI candidato y datos de la estancia a realizar.

    c) Impreso normalizado núm.3. Memoria sobre el proyecto de investigación y actividades a realizar.

    d) Impreso normalizado núm.4. Declaración del PDI candidato en la que se haga constar las ayudas obtenidas en este programa u otro de características similares desde enero de 2008, con indicación del programa, la entidad financiadora y los periodos de estancias realizados.

    e) Currículum vitae del candidato o candidata, según impreso normalizado.

    f) Historial científico y académico del grupo receptor, incluyendo el Currículum vitae de el responsable o la responsable del equipo investigador receptor.

    g) Compromiso del responsable o la responsable del equipo investigador receptor de aceptación del candidato o candidata en su equipo en caso de obtener la ayuda.

    h) Compromiso de concesión de licencia al candidato o candidata, extendido por el representante o la representante legal del organismo beneficiario, en caso de obtener la ayuda.

    i) Los organismos beneficiarios no pertenecientes al sector público de la Comunidad Autónoma del País Vasco, deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, según lo establecido en la Orden de 7 de octubre de 1991 del Consejero de Hacienda y Finanzas (BOPV Nº 208 de 15 de octubre) y la actualización correspondiente al año en curso.

    j) Documentación válida en derecho en la que se haga constar que el o la firmante de la solicitud ostenta la representación legal del centro. Si el mismo organismo presentara varias solicitudes sólo será necesaria dicha acreditación una vez.

    La dirección Internet para obtener el texto de la convocatoria y los formularios de solicitud es: ”http://www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net”

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez pasado dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
25/11/2010 - 01/06/2011
Fecha límite de presentación:

Para la presentación de la instancia de solicitud y demás documentación se establecen los siguientes plazos:

a) Para las estancias con inicio entre 1 de abril y 30 de septiembre de 2011, el plazo será de un mes a partir del día siguiente al de publicación de la presente disposición en el Boletín Oficial del País Vasco.

b) Para estancias con inicio entre 1 de octubre de 2011 y 31 de marzo de 2012, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el 1 de junio de 2011.

Plazo de resolución:
Dentro de los tres meses siguientes a la finalización de los respectivos plazos de presentación de solicitudes.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Dirección de Política Científica.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Dirección de Política Científica.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.
Fecha de resolución:
31/08/2011
Resoluciones asociadas:
Fecha de fin de vigencia:
30/12/2011