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WAI A - WCAG 1.0

Becas y ayudas para formación en investigación.

 

Departamento / Organismo Autónomo

Sanidad


Órgano gestor

Dirección de Planificación y Ordenación Sanitaria


Objeto

Becas y ayudas para la formación de los profesionales sanitarios.


Destinatarios/as

Titulados universitarios superiores y medios empadronados en un municipio de la CAPV, con al menos un año de anterioridad a la solicitud.


Dotación económica

La cuantificación de las becas se efectuará en función del periodo de duración del plan de formación. El coste de vida en los lugares en que habrá de desarrollarse, y el de las ayudas en función de la necesidad de gasto para el correcto desarrollo del plan de formación.


Normativa reguladora

ORDEN de 22 de abril de 2008, del Consejero de Sanidad, por la que se convocan Becas y Ayudas para la formación de los profesionales sanitarios (BOPV nº 85 de 7 de mayo de 2008).

 

 


Personas de contacto

Responsable I+D.
Tlfno. 945-019240.


Documentación a aportar

1. Las solicitudes para acogerse a las becas y ayudas contempladas en la presente Orden, se formularán en el correspondiente modelo normalizado que figura como anexo I.

2. A la solicitud deberá adjuntarse la documentación siguiente:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Curriculum Vitae abreviado.

c) Plan de formación con las actividades previstas a realizar durante el año para formarse como investigador y estimación de los gastos que dichas actividades generarían.

d) Certificado de empadronamiento.

e) Declaración jurada sobre la existencia o solicitud de otras fuentes de financiación para las actividades formativas a desarrollar.

f)  Autorización, en su caso, del Director del Centro al que pertenezca el solicitante, para realizar el Plan de formación.  


Plazo de presentacion 08/05/08 - 07/06/08
Lugar presentación solicitudes

La solicitud se dirigirá y remitirá a la Directora de Planificación y Ordenación Sanitaria del Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco (C./ Donostia-San Sebastián n.° 1, 01010 Vitoria-Gasteiz).
Asimismo la solicitud podrá presentarse en los demás lugares y formas indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de Enero.


Descripción de los trámites

Se tramita por la Dirección de Planificación y Ordenación Sanitaria.


Órgano que resuelve

Resuelve el Viceconsejero de Sanidad.


Plazo de resolución

Cinco meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.



Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


Formularios

Anexo I de la Orden de 22 de abril de 2008.


Otros documentos

No hay.


Observaciones

No hay.


Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

08/05/2008