Fecha de publicación: 16/09/2010
La sentencia dictada el 14 de abril de 2010 por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco declara la nulidad de algunos párrafos de los artículos 3.1, 3.2 y 3.3 del Decreto 48/2009 de 24 de febrero, de convalidación de títulos y certificados de euskera.
Dicha sentencia no supone alteración de la situación existente con anterioridad (reconocimientos y convalidaciones de perfiles lingüísticos) dado que únicamente viene a anular el carácter limitativo de las previsiones del citado Decreto en el sentido de que, tratándose de un sistema reglado de enseñanza, y dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, debe reconocerse validez a los títulos y certificados de euskera de cualquier Escuela Oficial de Idiomas, y no solamente a los de las Escuelas Oficiales de Idiomas del País Vasco y Navarra."
En cualquier caso, el Gobierno Vasco, en el plazo mas breve posible, publicará un nuevo decreto de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, incluyendo los de todas las Escuelas Oficiales de Idiomas."