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Ayudas por paralización temporal a armadores de buques de palangre de superficie en el Mediterráneo. 2012

LABURPENA
Titulua:
Ayudas por paralización temporal a armadores de buques de palangre de superficie en el Mediterráneo. 2012
Xedea:
Concesión de ayudas por el procedimiento de concurrencia competitiva, a los armadores o propietarios de buques pesqueros españoles que puedan verse afectados por medidas de paralización temporal de la actividad pesquera, con arreglo a lo establecido en el Reglamento (CE) 2371/2002, del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común, recogidas en el Reglamento (CE) 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de la Pesca (FEP) y de acuerdo con el Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca, así como el Programa Operativo de intervención comunitaria del Fondo Europeo de la Pesca de España para el periodo de programación 2007-2013. Dichas ayudas se otorgarán con motivo de la paralización temporal obligatoria que la flota efectuó en virtud de las épocas y zonas de vedas establecidas en la orden ARM/143/2010, de 25 de enero, por la que se establece un Plan Integral de Gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo, modificada por la orden ARM/2023/2010, de 14 de julio, realizadas desde el 1 de octubre al 30 de noviembre de 2011.
Diru kopurua:
500.000,00 €
Deialdiaren araudia:
  • Orden AAA/1059/2012, de 9 de mayo (BOE Zk. 121/2012)
    Orden AAA/1059/2012, de 9 de mayo, por la que se convocan ayudas por la paralización temporal a armadores o propietarios de buques de palangre de superficie, afectados por el Plan integral de gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo.
Araudia:
  • Orden AAA/175/2012, de 30 de enero (BOE Zk. 30/2012)
    Orden AAA/175/2012, de 30 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los armadores o propietarios de buques pesqueros españoles afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera.
ERAKUNDEAK
Deialdia egiten duen erakundea:
Ingurumen, Nekazaritza eta Arrantza Ministerioa
Deialdia egiten duen organoa:
Ingurumen, Nekazaritza eta Arrantza Ministerioa
Erakunde erabakigarria:
Gobernu zentrala
Bertan emandako arreta:
Infanta Isabel pasealekua, 1. 28071 Madril.San Juan de la Cruz plaza, z/g . 28071 Madril.Ordutegia: Astelehenetik ostiralera: 9:00etatik 17:30era, larunbatetan: 9:00etatik 14:00etara Ekainaren 16tik irailaren 15era: Astelehenetik ostiralera: 8:00etatik 15:00etara, larunbatetan: 8:00etatik 14:00etara
Telefono bidezko arreta:
Telefono: 91 347 5368 y 91 347 5724. Fax: 913475412
TRAMITAZIOAK
Eskabideak aurkezteko lekua:
Infanta Isabel pasealekua, 1. 28071 Madril.San Juan de la Cruz plaza, z/g . 28071 Madril.Ordutegia: Astelehenetik ostiralera: 9:00etatik 17:30era, larunbatetan: 9:00etatik 14:00etara Ekainaren 16tik irailaren 15era: Astelehenetik ostiralera: 8:00etatik 15:00etara, larunbatetan: 8:00etatik 14:00etara
Itzuli Infanta Isabel pasealekua, 1. 28071 Madril.San Juan de la Cruz plaza, z/g . 28071 Madril.Ordutegia: Astelehenetik ostiralera: 9:00etatik 17:30era, larunbatetan: 9:00etatik 14:00etara Ekainaren 16tik irailaren 15era: Astelehenetik ostiralera: 8:00etatik 15:00etara, larunbatetan: 8:00etatik 14:00etara
Ayudas por paralización temporal a armadores de buques de palangre de superficie en el Mediterráneo. 2012
Concesión de ayudas por el procedimiento de concurrencia competitiva, a los armadores o propietarios de buques pesqueros españoles que puedan verse afectados por medidas de paralización temporal de la actividad pesquera, con arreglo a lo establecido en el Reglamento (CE) 2371/2002, del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común, recogidas en el Reglamento (CE) 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de la Pesca (FEP) y de acuerdo con el Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca, así como el Programa Operativo de intervención comunitaria del Fondo Europeo de la Pesca de España para el periodo de programación 2007-2013. Dichas ayudas se otorgarán con motivo de la paralización temporal obligatoria que la flota efectuó en virtud de las épocas y zonas de vedas establecidas en la orden ARM/143/2010, de 25 de enero, por la que se establece un Plan Integral de Gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo, modificada por la orden ARM/2023/2010, de 14 de julio, realizadas desde el 1 de octubre al 30 de noviembre de 2011.
NORI ZUZENDUA
Onuradunak:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas a que se refiere la presente orden los armadores o propietarios de los buques pesqueros, con puerto base en las distintas comunidades autónomas, autorizados por la Dirección General de Ordenación Pesquera de la Secretaría General de Pesca, y que estén afectados por paralización temporal de la actividad pesquera como consecuencia de la aplicación de medidas de adaptación de la flota pesquera comunitaria con base en lo que establecen los artículos 21 y 24 del Reglamento (CE) 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio de 2006, siempre y cuando reúnan las condiciones establecidas en el Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 de la presente orden
a) Pertenecer a la tercera lista del Registro de buques y empresas navieras. b) Que el buque esté en situación de alta en el Censo de la Flota Pesquera Operativa. c) Estar en posesión de una licencia de pesca para las modalidades y caladeros señalados en cada convocatoria. d) Durante el periodo de paralización, la inactividad pesquera debe ser total y el buque debe permanecer amarrado a puerto, sin que sea necesario que ese puerto coincida con su puerto base. e) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. f) Justificación de que el armador o propietario del buque ha presentado ante las autoridades laborales el correspondiente Expediente de Regulación de Empleo por el total de los tripulantes enrolados en la embarcación, en la fecha de la última arribada a puerto para comenzar la parada, a efectos de que los tripulantes de dicho buque puedan acogerse a las ayudas correspondientes, salvo cuando en supuestos excepcionales pueda eximirse este requisito para determinados buques de ciertas modalidades y arqueo, que de forma específica se determinarán en cada convocatoria. g) No haber sido sancionado con la inhabilitación temporal o definitiva para recibir ayudas o subvenciones públicas por infracciones administrativas en materia de pesca marítima.
PRESTAZIOA
Dotazioa:
500.000,00 €
TRAMITEAK
Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko izapidea
"Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko" izapideak hasten du prozedura, eta horretarako, pertsona interesdunak eskabideko inprimakia aurkeztu behar du, behar den bezala beteta, eskabideak aurkezteko adierazten den epearen barruan
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Aurrez aurrekoa
Dokumentazioa:
  • a) Hoja de asiento de inscripción marítima actualizada del buque, completa, literal y certificada en todas sus páginas. b) En caso de tratarse de propietario, certificación registral actualizada de la propiedad del buque. c) Certificación del Instituto Social de la Marina acreditativa de estar en situación de alta asociado a dicha embarcación, tanto armadores como propietarios. d) Fotocopia compulsada de certificado de arqueo definitivo en Tonelaje de Arqueo Bruto (G.T.), expedido por la Dirección General de la Marina Mercante del Ministerio de Fomento. e) Justificación emitida por la Capitanía Marítima correspondiente, en la que se haga constar el lugar y período de inmovilización total del buque con motivo del cese temporal de la actividad pesquera, con expresión de las fechas de comienzo y final de la parada realizada. En ausencia del Certificado de Capitanía Marítima y en situaciones excepcionales que se reflejarán, en su caso, en cada orden de convocatoria, los días de parada a que se refiere la letra anterior podrán ser justificados mediante certificación expedida de oficio por la Dirección General de Recursos Pesqueros de la Secretaría General de Pesca una vez comprobados los datos a través del Sistema de Localización de Pesquerías Vía Satélite Español u otros medios pertinentes. f) Certificación de la Capitanía Marítima de que el buque ha sido despachado al menos una vez en el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud para el ejercicio de la actividad pesquera en alguna de las modalidades de la flota afectada por la paralización temporal de que se trate. g) Autorización expresa al órgano gestor para comprobar los datos de identidad mediante consulta al Sistema de Verificación de Datos de Identidad previsto en el apartado 3 del artículo único del Real Decreto 522/2006 de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, o, en su defecto, fotocopia compulsada del citado documento. Tal autorización podrá también prestarse marcando y firmando la casilla al efecto que figurará en el impreso de solicitud de las ayudas. En todo caso, tanto solicitantes como representantes, cuando no exista autorización expresa, deberán presentar copia compulsada del DNI, CIF o NIE, según corresponda. h) En el caso de tratarse de personas jurídicas, deberá aportarse el original o copia compulsada de la escritura de constitución, así como el poder u otra documentación acreditativa de las facultades representativas de la persona física que actúe en nombre de aquéllas. i) En el caso de tratarse de personas jurídicas o de personas físicas que representen a empresas, deberá aportarse el documento que acredite la representación. j) Declaración jurada del interesado de que no ha ejercido ninguna actividad remunerada durante el periodo de la parada subvencionable, ni ha recibido ni solicitado otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, según modelo del anexo III que habrá de incorporar la convocatoria. k) Declaración responsable de no tener deudas por resolución por procedencia de reintegro, ni encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según modelo del anexo IV que acompañará a cada convocatoria. l) Declaración responsable de no haber sido sancionado con la inhabilitación temporal o definitiva para recibir ayudas o subvenciones públicas por infracciones administrativas en materia de pesca marítima, según modelo del anexo V de la convocatoria. m) Certificado que acredite estar al corriente en el pago de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social. No será precisa la aportación de dichos certificados por el solicitante si manifiesta expresamente su consentimiento, conforme a la autorización contenida en el modelo que ha de figurar como anexo I en la convocatoria, para que estos datos sean recabados por el órgano gestor de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Eskabideak aurkezteko lekua Eskabideak aurkezteko lekua
DEIALDIAREN EGOERA
Eskabideak aurkezteko epea:
2012/05/22 - 2012/06/21
Ebazteko epea:
Plazo de seis meses a contar desde la presentación de la solicitud
Isilbidearen ondorioak:
Ezespenezkoak
Ebazpenaren aurkako errekurtsoa:
  • Ebazpenaren aurkako errekurtsoa: Gorako Errekurtsoa
  • Egitura atal ebazlea:    .
  • Jartze epea: Hilabete 1.
  • Ebazteko epea: 3 hilabete.
  • Ebazpen falta: Ez onartzea.
Isilbideagatik ez onartzeagatiko errekurtsoa:
  • Ebazpenaren aurkako errekurtsoa: Gorako Errekurtsoa
  • Egitura atal ebazlea:  .
  • Jartze epea: 3 hilabete.
  • Ebazteko epea: 3 hilabete.
  • Ebazpen falta: Onartzea.