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Anexo I
 

14. Anexo I

Consejos para los Profesionales Sanitarios

Los profesionales sanitarios deben ver los Documentos de Voluntades Anticipadas (DVA) como una expresión de la autonomía del paciente y considerarlo como una ayuda en el proceso de planificación de cuidados.

Respecto a los DVA, conviene recordar que una buena práctica clínica implica también el respeto a la voluntad del enfermo y que el mejor interlocutor es el propio enfermo, tenga o no formalizado un DVA, excepto cuando la situación de su estado de salud le incapacite para tomar decisiones.

Hay que tener en cuenta que, en general, para los pacientes lo más relevante es conocer:

  • Su estado de salud, el previsible curso de su enfermedad y las posibles complicaciones en el futuro.
  • Las opciones terapéuticas, incluyendo los tratamientos de soporte vital, y las posibilidades de supervivencia y recuperación con cada uno de ellos.
  • Las consecuencias de las decisiones en su entorno.

En relación con los DVA, los profesionales están obligados a:

  1. Aceptar estos documentos.
  2. Tenerlos en cuenta en el momento de tomar las decisiones terapéuticas.
  3. Razonar por escrito en la historia clínica la decisión final y, en el caso de no actuar conforme a lo indicado en el DVA, los motivos que llevaron a tal decisión.

En relación con los DVA, es aconsejable para el profesional:

  1. Que informe a sus enfermos de la ayuda que el DVA puede aportarles en situaciones críticas o terminales.
  2. Que ayude a orientar, de modo leal y realista, el DVA a los enfermos que lo soliciten.
  3. Que anime a los pacientes a inscribir el DVA en el Registro.
  4. Que compruebe en el Registro la vigencia del documento.
  5. Que deje constancia escrita de que el paciente tiene hecho un DVA y solicitar una copia del mismo al paciente para incorporarlo a la historia clínica.
  6. Que colabore en la interpretación de los DVA ya realizados y aconseje su actualización periódica. 
  7. Que conozca al representante antes de tomar decisiones y cuente con él como interlocutor.


 

Departamento de Sanidad - Registro de Voluntades Anticipadas
c/ Donostia-San Sebastian, 1. 01010 - Vitoria-Gasteiz. Telf. 945 019254
Fax: 945 019302 e-mail: registrodevoluntadesanticipadas-san@ej-gv.es

Fecha de la última modificación: 16/08/2007