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¿Como Darlo a Conocer?
 

11. ¿Cómo dar a conocer un DVA?

Es aconsejable que la persona que ha realizado un Documento deVoluntades Anticipadas siempre lo dé a conocer al médico responsable de su asistencia y al centro sanitario donde habitualmente se le atiende, para que se incluya en su historia clínica, facilitando de este modo que sea tenido en cuenta en el momento adecuado. Una vez reflejado en la historia clínica, el DVA estará protegido por las garantías de confidencialidad legalmente establecidas.

El paciente puede llevar siempre consigo el DVA y/o pueden tenerlo su representante o su familia.

Es aconsejable que el DVA, una vez confeccionado, también se inscriba en el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas para que sea más fácil que los profesionales sanitarios lo conozcan en el momento en que sea necesaria su aplicación.

El registro es el instrumento concebido para dar constancia oficial de la existencia de los DVA. Sus funciones son las siguientes:

  • inscripción y custodia de los DVA emitidos, así como de sus modificaciones y revocaciones.
  • información a los profesionales sanitarios de la existencia de los DVA.
  • comunicación del contenido de los DVA, previa solicitud de las personas autorizadas y legitimadas, con sistemas que aseguren la confidencialidad y la identidad de los demandantes.

El Registro deberá establecer las relaciones adecuadas con el Registro central del Estado u otros registros para asegurar la apropiada transmisión y compartir la información de que dispongan.

Descárguese el documento en formato PDF
¿Como darlo a conocer? (pdf, 40 Kb)

 

Departamento de Sanidad - Registro de Voluntades Anticipadas
c/ Donostia-San Sebastian, 1. 01010 - Vitoria-Gasteiz. Telf. 945 019254
Fax: 945 019302 e-mail: registrodevoluntadesanticipadas-san@ej-gv.es

Fecha de la última modificación: 16/08/2007