sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación.
Lugar presentación solicitudes
SPRI
Edificio Plaza Bizkaia
Alameda de Urkijo 36, 4º
48011 Bilbao
o en cualquiera de los lugares especificados en el artículo 38-4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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SPRI
Edificio Plaza Bizkaia
Alameda de Urkijo 36, 4º
48011 Bilbao
o en cualquiera de los lugares especificados en el artículo 38-4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
SPRI
etorgai@spri.es
Tf: 94 403 70 30.
Persona de contacto: Maite Hernández
Gobierno Vasco
ja-martinez@ej-gv.es
Tel.: 945 01 65 70
Persona de contacto: Jesús Angel Martínez
2. Proyectos de desarrollo experimental.
3. Las Áreas de Actuación científico-tecnológicas estratégicas, que vienen definidas en el PCTI 2010, tienen carácter prioritario para estos proyectos subvencionables, sin perjuicio de otras posibles de especial interés, y son las siguientes:
a. Biociencias (Biotecnologías, Tecnologías farmacéuticas, Biomateriales y Tecnologías de la Salud, …)
b. Nanociencias (Micro y Nano Electrónica, Nano Biotecnología, Micro y Nano Materiales, Nano Sistemas, Micro y Nano Estructuras de Baja Dimensión,…)
c. Energías alternativas (Marina, pilas de combustible, Biomasa, Solar; …).
d. Electrónica para Transporte inteligente (Ferrocarril, Automoción, Aviónica, Espacio y Naval).
e. Además, los proyectos podrán abordar las Áreas de Actuación enfocadas a la mejora de la competitividad, eco-innovación e innovación social.
4. Son proyectos en cooperación de consorcios de empresas, que implica la colaboración efectiva entre ellas y que colaboran con agentes de la RVCTI en calidad de subcontratados, debiendo cumplir las siguientes condiciones:
a. El consorcio de empresas estará constituido como mínimo por 3 empresas, una de las cuales al menos será PYME y además una de ellas al menos será Grande o Mediana.
b. Además, ninguna empresa debe correr por si sola con más del 70% de los costes subvencionables del proyecto de colaboración
c. Uno de los socios asumirá como contratista principal la condición de líder para la dirección del proyecto, así como la representación del consorcio a efectos de responsabilizarse de todas las funciones de interlocución y relación necesarias para la buena marcha del proyecto con la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
d. Será necesaria la participación de al menos un agente de la RVCTI como subcontratados por una o varias de las empresas de dicho consorcio. En cualquier caso, dicha participación en su conjunto será como mínimo del 20% del total del presupuesto presentado.
e. Una empresa perteneciente al consorcio no podrá estar también como subcontratada por otra empresa del mismo consorcio.
5. Para ser un proyecto subvencionable de este programa ETORGAI, deberá cumplir además los siguientes requisitos:
a. Su presupuesto total deberá ser como mínimo de cuatro millones de euros.
b. Su duración será como máximo de tres años.
Los solicitantes deberán cumplimentar la solicitud y adjuntar los documentos requeridos, de acuerdo con el procedimiento telemático establecido. Para ello, se ha habilitado la web https://www.spri.es/idi/idi/.
A entregar por el líder del proyecto
- Impreso de solicitud, suscrito por la empresa líder. Se presentará un único impreso para cada proyecto (TC-1).
- Memoria Técnica del proyecto en soporte electrónico
- Memoria Económica Global del proyecto en soporte electrónico
- Acuerdo de la constitución del consorcio, en el que se contemplarán, al menos los siguientes aspectos: la distribución de actividades y el presupuesto, acuerdos de confidencialidad, propiedad de los resultados, protección legal de la propiedad industrial e intelectual (patentes), explotación comercial futura de los resultados y difusión pública de los resultados. Se entregará en soporte papel firmado por cada uno de los beneficiarios incluido el líder.
A entregar por todos los participantes (incluido el líder)
- Impreso de participación en el proyecto (TC-2)
- Impreso de datos básicos de actividad (TC-4)
- Impreso de Declaración responsable según obra en el Anexo I, de la Orden, relativo a las ayudas fiscales consideradas ilegales o incompatibles (TC-3)
- Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal
- Copia del poder de representación de la persona solicitante.
- Impreso Declaración Jurada (TC-3) respecto a la veracidad de los siguientes aspectos:
• Que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias.
• Que, tratándose de una Pyme, sus características se correspondan, con la calificación de Pyme según las normas comunitarias definidas en el Anexo I del Reglamento de la Comisión (CE) nº 70/2001, de 12 de enero, modificado por Reglamento de la Comisión (CE) nº 364/2004 de 25 de febrero.
• Que no tienen vinculación ni dependencia de las Administraciones Públicas, ni pertenecen a la Administración Institucional.
• Que no se encuentran incursos en ninguna causa de prohibición o inhabilitación.
• Que, en caso de ser empresa grande o mediana, no se encuentra en período de reestructuración. Y en el supuesto de que lo esté, si la Comisión Europea ha sido informada de la correspondiente ayuda de reestructuración.
• Ayudas que para el mismo proyecto hayan sido concedidas y/o solicitadas de otras instituciones públicas o privadas.
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etorgai@spri.es
Tf: 94 403 70 30.
Persona de contacto: Maite Hernández
Gobierno Vasco
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Persona de contacto: Jesús Angel Martínez