El objeto de la presente Orden es favorecer el desarrollo de estrategias de cooperación y dinamización comercial urbana, encaminadas a la mejora de la competitividad comercial y del posicionamiento de marca de los entornos urbanos donde ejercen su actividad.
Impulsar la implantación y desarrollo de proyectos anuales de cooperación zonal, en áreas de baja densidad comercial, que por su carácter integren propuestas estratégicas para la mejora del abastecimiento comercial de las zonas sujetas a revitalización.
5.357.143,00 euros
Subvenciones no reintegrables del 80% del coste de ejecución material de las inversiones (en el caso de Estudios, Fomento de servicios complementarios; Inversiones en mercados municipales minoristas), y del 50% en el resto de actuaciones.
En el caso de las ayudas a Ayuntamientos, el límite máximo de subvención por convocatoria y municipio será el resultado de multiplicar la subvención por tramo de población, por el coeficiente de densidad comercial del municipio referenciado:
- Municipios hasta 499 habitantes 4.500,00 euros
- Municipios entre 500 y 999 habitantes 9.000,00 euros
- Municipios entre 1.000 y 1.999 habitantes 15.000,00 euros
- Municipios entre 2.000 y 4.999 habitantes 20.000,00 euros
- Municipios entre 5.000 y 9.999 habitantes 30.000,00 euros
- Municipios entre 10.000 y 14.999 habitantes 45.000,00 euros
- Municipios entre 15.000 y 29.999 habitantes 72.500,00 euros
- Municipios entre 30.000 y 59.999 habitantes 87.500,00 euros
- Municipios entre 60.000 y 99.999 habitantes 115.000,00 euros
- Municipios entre 100.000 y 249.999 habitantes 230.000,00 euros
- Municipios con más de 250.000 habitantes 345.000,00 euros
En el caso de las ayudas a Asociaciones, el límite máximo de subvención por convocatoria y municipio será el resultado de multiplicar la subvención por tramo de población, por el coeficiente de densidad comercial del municipio referenciado:
- Municipios hasta con menos de 50 comercios 6.000,00 euros
- Municipios entre 50 y 99 comercios 10.000,00 euros
- Municipios entre 100 y 199 comercios 15.000,00 euros
- Municipios entre 200 y 399 comercios 20.000,00 euros
- Municipios entre 400 y 999 comercios 30.000,00 euros
- Municipios entre 1.000 y 1.999 comercios 50.000,00 euros
- Municipios entre 2.000 y 3.499 comercios 75.000,00 euros
- Municipios con más de 3.500 comercios 100.000,00 euros
Delegación Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo de Álava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Delegación Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao
Delegación Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián
Oficinas de Dinamización Comercial
Oficinas del Servicio Zuzenean
Delegación Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo de Álava
Tfno.: 945 01 99 67
E-Mail: mj-cubo@ej-gv.es
Delegación Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo de Bizkaia
Tfno.: 94 403 18 44
E-Mail: i-lopezperez@ej-gv.es
Delegación Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo de Gipuzkoa
Tfno.: 943 02 25 65
E-Mail: mg-san@ej-gv.es
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Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
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General Concha, 23
48010 Bilbao
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Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián
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Oficinas del Servicio Zuzenean
Delegación Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo de Álava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
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General Concha, 23
48010 Bilbao
Delegación Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián
Oficinas de Dinamización Comercial
Oficinas del Servicio Zuzenean
El objeto de la presente Orden es favorecer el desarrollo de estrategias de cooperación y dinamización comercial urbana, encaminadas a la mejora de la competitividad comercial y del posicionamiento de marca de los entornos urbanos donde ejercen su actividad.
Impulsar la implantación y desarrollo de proyectos anuales de cooperación zonal, en áreas de baja densidad comercial, que por su carácter integren propuestas estratégicas para la mejora del abastecimiento comercial de las zonas sujetas a revitalización.
a) Municipios de la CAPV con más de 15.000 habitantes (anexo I).
b) Municipios de la CAPV con menos de 15.000 habitantes y con Casco Histórico, que por el número de establecimientos comerciales situados en el mismo presenten una potencialidad de revitalización comercial. Estos se relacionan en el anexo II de la Orden.
c) Municipios considerados como centro de referencia económico-comercial para el conjunto de poblaciones de su entorno comarcal. Dichos ayuntamientos se relacionan en el Anexo III de la Orden.
d) Resto de municipios de la CAPV con un entorno poblacional inferior a 5.000 habitantes.
e) Asociaciones de Comerciantes y Mixtas de ámbito zonal, que se hallen inscritas en el Censo de Asociaciones de Comerciantes de la Comunidad Autónoma del País Vasco, regulado por el Decreto 148/1997, de 17 de junio.
a) A los Ayuntamientos:
b) A las Asociaciones:
Proyectos que estén en consonancia con los planteamientos de desarrollo comercial del municipio, consistentes en:
5.357.143,00 euros
Subvenciones no reintegrables del 80% del coste de ejecución material de las inversiones (en el caso de Estudios, Fomento de servicios complementarios; Inversiones en mercados municipales minoristas), y del 50% en el resto de actuaciones.
En el caso de las ayudas a Ayuntamientos, el límite máximo de subvención por convocatoria y municipio será el resultado de multiplicar la subvención por tramo de población, por el coeficiente de densidad comercial del municipio referenciado:
- Municipios hasta 499 habitantes 4.500,00 euros
- Municipios entre 500 y 999 habitantes 9.000,00 euros
- Municipios entre 1.000 y 1.999 habitantes 15.000,00 euros
- Municipios entre 2.000 y 4.999 habitantes 20.000,00 euros
- Municipios entre 5.000 y 9.999 habitantes 30.000,00 euros
- Municipios entre 10.000 y 14.999 habitantes 45.000,00 euros
- Municipios entre 15.000 y 29.999 habitantes 72.500,00 euros
- Municipios entre 30.000 y 59.999 habitantes 87.500,00 euros
- Municipios entre 60.000 y 99.999 habitantes 115.000,00 euros
- Municipios entre 100.000 y 249.999 habitantes 230.000,00 euros
- Municipios con más de 250.000 habitantes 345.000,00 euros
En el caso de las ayudas a Asociaciones, el límite máximo de subvención por convocatoria y municipio será el resultado de multiplicar la subvención por tramo de población, por el coeficiente de densidad comercial del municipio referenciado:
- Municipios hasta con menos de 50 comercios 6.000,00 euros
- Municipios entre 50 y 99 comercios 10.000,00 euros
- Municipios entre 100 y 199 comercios 15.000,00 euros
- Municipios entre 200 y 399 comercios 20.000,00 euros
- Municipios entre 400 y 999 comercios 30.000,00 euros
- Municipios entre 1.000 y 1.999 comercios 50.000,00 euros
- Municipios entre 2.000 y 3.499 comercios 75.000,00 euros
- Municipios con más de 3.500 comercios 100.000,00 euros
1. AYUNTAMIENTOS
Esta memoria deberá recoger, al menos, la siguiente información:
Proyecto de ejecución de cada una de las actuaciones a desarrollar indicando:
- Objetivos que se pretender alcanzar.
- Acciones a ejecutar.
- Indicadores que medirán la eficacia de lo realizado.
- Presupuestos detallados, hasta por partidas, en su caso.
- Calendario de ejecución.
- Documentación gráfica de las zonas objeto de las actuaciones.
2. ASOCIACIONES
6 meses a contar desde el día siguiente de la presentación de la solicitud.