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Ayudas a las plantaciones de manzanos de sidra. Gipuzkoa 2012

RESUMEN
Título:
Ayudas a las plantaciones de manzanos de sidra. Gipuzkoa 2012
Objeto:
Promover la implantación de la fruticultura en general, y en especial las plantaciones de manzano de sidra, mejorar las variedades existentes y colaborar en la mejora de la calidad de la sidra.
Dotación presupuestaria:
45.045,00 €
Normativa de la convocatoria:
  • ORDEN FORAL n.º 157 LG, de 31 de enero de 2012 (BOG N 24/2012)
    ORDEN FORAL n.º 157 LG, de 31 de enero de 2012, por la que se aprueba la Convocatoria correspondiente al ejercicio 2012 de las ayudas a la plantación, mantenimiento, mejora y desarrollo del cultivo del manzano de sidra en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
  • DECRETO FORAL 66/2008, de 29 de julio, (BOG N 153/2008)
    DECRETO FORAL 66/2008, de 29 de julio, de Ayudas para la mejora de la competitividad y la sostenibilidad medioambiental de las explotaciones agrarias del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
  • DECRETO FORAL 73/2008, de 14 de octubre (BOG N 198/2008)
    DECRETO FORAL 73/2008, de 14 de octubre, por el que se modifica el Decreto Foral 66/2008, de 29 de julio, de Ayudas para la mejora de la competitividad y la sostenibilidad medioambiental de las explotaciones agrarias del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
  • DECRETO FORAL 9/2009, de 17 de marzo (BOG N 55/2009)
    DECRETO FORAL 9/2009, de 17 de marzo, por el que se modifica el Decreto Foral 66/2008, de 29 de julio, de Ayudas para la mejora de la competitividad y la sostenibilidad medioambiental de las explotaciones agrarias del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Normativa reguladora:
  • DECRETO FORAL 15/2010, de 25 de mayo (BOG N 101/2010)
    DECRETO FORAL 15/2010, de 25 de mayo, por el que se modifica el Decreto Foral 66/2008, de 29 de julio, de Ayudas para la mejora de la competitividad y la sostenibilidad medioambiental de las explotaciones agrarias del Territorio Histórico de Gipuzkoa
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Desarrollo del Medio Rural
Órgano convocante:
Departamento de Desarrollo del Medio Rural
Entidad resolutora:
Diputación Foral Gipuzkoa
Contacto presencial:
Plaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián
Contacto telefónico:
Teléfono: 943.112.918 / 943.112.919. Fax: 943.431.299.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Plaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián
Volver Plaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián
Ayudas a las plantaciones de manzanos de sidra. Gipuzkoa 2012
Promover la implantación de la fruticultura en general, y en especial las plantaciones de manzano de sidra, mejorar las variedades existentes y colaborar en la mejora de la calidad de la sidra.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Titulares de explotaciones agrarias incritas en el Registro de Explotaciones Agrarias del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Requisitos específicos de las personas beneficiarias. 1. Explotaciones cuyo titular es persona física: 1.1. Que al menos el 50% de la renta total de la persona titular de la explotación, provenga de actividades agrarias u otras actividades complementarias ejercidas en su explotación, siempre que la parte de la renta procedente directamente de la actividad agrícola, ganadera y forestal no sea inferior al 25% de su renta total y el tiempo de trabajo dedicado a las actividades de la explotación sea superior a la mitad de su tiempo de trabajo total. Se consideran como actividades complementarias la participación y presencia de la persona titular como consecuencia de elección pública en Instituciones de carácter representativo, así como en órganos de representación sindical, cooperativo o profesional, siempre que éstos se hallen vinculados al sector agrario, la transformación y venta directa de los productos de su explotación, las relacionadas con la conservación del espacio natural y la protección del medio ambiente, así como las turísticas, cinegéticas, artesanales y de producción energética realizadas en su explotación. 1.2. Haber cumplido 18 años y no haber cumplido 65 en el momento de presentar la solicitud de ayuda. 1.3. Estar afiliada al Régimen de la Seguridad Social que corresponda en función de la actividad agraria. 1.4. No percibir pensión de invalidez total proveniente del Régimen Agrario de la Seguridad Social, pensión de invalidez absoluta o pensión de jubilación. 1.5. En los casos en que haya percepción del subsidio de desempleo y dado que son percepciones limitadas en el tiempo, las mismas no serán consideradas como ingresos a los efectos de concesión de las ayudas debiendo dejar constancia en el expediente de dicha circunstancia, indicando su cuantía y fecha de finalización de la percepción. 1.6. Deberá poseer la capacidad y competencia profesionales adecuadas, que garanticen el correcto empleo de los medios productivos. 2. En el caso de explotaciones cuyo titular sea una persona jurídica: 2.1. Deberán adoptar alguna de las formas jurídicas siguientes: a) Sociedades civiles, en las que al menos el 50% de sus miembros reúnan los requisitos exigidos por el presente artículo a titulares que sean personas físicas. b) Cooperativas, sociedades agrarias de transformación, laborales, limitadas, anónimas u otras, siempre que más del 50 por 100 del capital social, pertenezca a socios que reúnan los requisitos exigidos por el presente artículo a titulares que sean personas físicas. Estas sociedades tendrán por objeto exclusivo el ejercicio de la actividad agraria en las explotaciones de la que sean titulares.
PRESTACIÓN
Dotación:
45.045,00 €
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) Si se trata de persona titular individual: —Fotocopia del D.N.I. en caso de que no obre en poder del Departamento de Desarrollo del Medio Rural. b) Si se trata de explotación cuya titularidad la ostenta una persona jurídica: —Fotocopia del N.I.F., y fotocopia del D.N.I. del representante legal, en ambos casos, siempre que dicha documentación no obre en poder del Departamento de Desarrollo del Medio Rural. —Fotocopia compulsada de la escritura de constitución y de los estatutos. —Certificación del acuerdo adoptado por el órgano de gobierno de la entidad para solicitar la ayuda y designar representante. —Relación de socios con su aportación al capital social. c) En todos los casos: —Certificados de que la persona solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales y en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social. No obstante, la presentación de dicha documentación no será necesaria en caso de que en el impreso de solicitud, la persona interesada haya manifestado expresamente que autoriza al Departamento de Desarrollo del Medio Rural a recabar los referidos datos directamente de los organismos emisores de los mismos. —Aquellas personas beneficiarias para las que el importe anual de la subvención concedida no supere los 3.000 euros, la presentación de declaración responsable sustituirá a la presentación de las certificaciones de acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a realizar previamente al pago. —Documentación acreditativa de la capacidad y competencia profesional a la que se refiere el apartado 1 del artículo 99 del presente Decreto Foral. — Declaración responsable, conforme modelo que se incluye en el Anexo II, de ayudas «de minimis» y de no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
06/02/2012 - 16/03/2012
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.