Constituye objeto de las subvenciones a que se refieren las presentes bases reguladoras el impulsar la innovación fomentando la protección de la propiedad industrial con el fin de aumentar la competitividad de las empresas de Bizkaia.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán acceder a las subvenciones contempladas en el presente Decreto Foral las entidades con personalidad jurídica propia de los siguientes tipos: Empresas (con plantilla entre 3 y 250 personas). Las siguientes instituciones sin fines de lucro: fundaciones, centros tecnológicos y unidades de I+D empresariales.
Estas entidades deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Que tengan su domicilio fiscal y social en Bizkaia, y que el centro productivo del cual provenga la patente esté localizado en Bizkaia. b) Que no hayan sido sancionadas por incurrir en discriminación por razón de sexo. c) Que no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Norma Foral de Subvenciones. d) Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y respecto al pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. 2. Las condiciones a), b), c) y d) deberán cumplirse en el momento de la presentación de la solicitud y mantenerse hasta los momentos de resolución y pago.
PRESTACIÓN
Dotación:
223.000 150.000
Límite:
El límite máximo de subvención será: En el caso de patentes y modelos de utilidad: 10.000 por solicitud. En el caso de diseños: 10.000 por entidad solicitante por el total de las solicitudes presentadas.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación a aportar en el momento de la solicitud: — Solicitud y memoria, según modelos disponibles en la web y/o en las oficinas del Departamento de Promoción Económica, debidamente cumplimentadas y suscritas por la persona representante legal de la entidad solicitante con poder suficiente. — Informe de patentabilidad, tecnológico o de búsqueda en el caso de patentes de acuerdo con lo señalado en el artículo 3. — Informe previo de búsqueda específico referente al estado de la técnica pertinente, si lo hubiera, en el caso de los modelos de utilidad, de acuerdo con lo señalado en el artículo 3. — Ficha de entidad acreedora – datos bancarios debidamente cumplimentada, en su caso, para el supuesto en que deseen modificar la domiciliación bancaria, respecto de la información que obre en poder de la Diputación Foral de Bizkaia.
Lugares de Presentación
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