de la Directora de Consumo, de concesión de becas en materia de consumo, al amparo de lo establecido en Resolución de 3 de febrero de 2010, por la que se hace pública la convocatoria para el ejercicio 2010 de concesión de becas de formación e investigación en materia de consumo.
de la Directora de Consumo al amparo de la Orden de 21 de septiembre de 2007 por la que se regula el programa de becas para la formación e investigación en materia de consumo.
Gobierno Vasco
Dirección de Consumo
01010-Vitoria-Gasteiz
Directamente o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Gobierno Vasco
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Directamente o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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Dirección de Consumo
01010-Vitoria-Gasteiz
Nekane Ribado
Telf.: 945 01 99 24
E-mail: n-ribado@ej-gv.es
Podrán acceder a las presente becas las personas físicas que reúnan los requisitos.
El número máximo de becas a conceder en el ejercicio 2010 será de cuatro (4): tres becas para la beca tipo 1 y una para la beca tipo 2. Cada beca tiene una dotación económica de 12.960 euros más una asignación de 1.590 euros para cubrir gastos derivados de la formación de los becarios, tales como traslado, manutención, alojamiento y matrícula.
Junto con la mencionada solicitud deberá presentarse, además, la documentación siguiente:
Copia del DNI.
Certificado del expediente académico de la persona aspirante, con las calificaciones de todos los cursos y en el que conste la fecha de finalización de sus estudios. Los expedientes académicos de estudios realizados en el extranjero o en centros españoles no públicos deberán ir acompañados de la fotocopia de la homologación concedida por el Ministerio de Educación español.
Curriculum vitae de la persona solicitante. En él se harán constar la experiencia profesional, el conocimiento de idiomas y cuantos méritos se consideren de interés, así como los trabajos y experiencias previas realizados en relación con el objeto de la convocatoria.
Documentos acreditativos de los méritos que se alegan en el curriculum vitae. No se valorarán los cursos o experiencia que no estén justificados documentalmente en el momento de la presentación de la solicitud. Certificado de empadronamiento, en el que se deberá acreditar la residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Euskadi con antigüedad superior a doce meses.
Declaración jurada de que cumple los requisitos a los que se hace referencia en los artículos 4.1.b, 4.1.c y 4.1.d de la ORDEN de 21 de septiembre de 2007 , y de que cumplirá lo establecido en el artículo 7 de la misma orden.
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Nekane Ribado
Telf.: 945 01 99 24
E-mail: n-ribado@ej-gv.es