Convocar ayudas para la realización del Máster Universitario Oficial en Intervención en Violencia contra las Mujeres que se impartirá en la Universidad de Deusto durante el curso académico 2012-2013.
42.322,50 euros
ORDEN de 29 de mayo de 2012, del consejero de Interior, por la que se convocan ayudas para la realización del Máster Universitario Oficial en Intervención en Violencia contra las Mujeres.
Las solicitudes se dirigirán a la Directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, y deberán presentarse en el Registro General del Departamento de Interior del Gobierno Vasco, sito en la calle Donostia-San Sebastián, de Vitoria-Gasteiz, o en cualquiera de las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género:
Zuzenean - Atención Ciudadana
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género:
Zuzenean - Atención Ciudadana
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género:
Convocar ayudas para la realización del Máster Universitario Oficial en Intervención en Violencia contra las Mujeres que se impartirá en la Universidad de Deusto durante el curso académico 2012-2013.
Personas que vaya a realizar el Máster Universitario Oficialen Intervención en Violencia contra las Mujeres que se impartirá en la Universidad de Deusto durante el curso académico 2012-2013
a) Tener vecindad administrativa en el País Vasco al menos con un año de anterioridad a solicitar la ayuda.
b) Estar en posesión del título académico de licenciada o diplomada.
No podrán concurrir a la convocatoria aquellas personas que hayan recibido formación en igualdad de mujeres y hombres de una duración igual o superior a 150 horas con financiación de la Administraciones Públicas.
La cuantía individualizada de la subvención cubrirá un mínimo del 45% del coste de la matrícula.
En el caso de que el número de personas beneficiarias fuese inferior al máximo de quince, el excedente de la dotación se distribuirá de forma proporcional entre las personas beneficiarias, sin que pueda superarse el 100% del coste de la matricula.
Solicitu de ayuda
Adjuntar este impreso (Anexo) a la solicitud de ayuda.
Adjuntar curriculum normalizado a la solicitud de ayuda.
a) Acreditación mediante títulos de la experiencia en igualdad de oportunidades, violencia contra las mujeres, etc.
b) Certificado de empadronamiento en un municipio de la Comunidad Autónoma de Euskadi del País Vasco al menos con un año de anterioridad a solicitar la ayuda.
c) En caso de no estar registrado o querer modificar los datos bancarios existentes en el Registro de Terceros del Departamento de Economía y Hacienda:
- Por canal presencial formulario según modelo establecido
- Por canal electrónico
d) Memoria explicativa que acredite el interés por la formación en materia de intervención ante la violencia de género.
e) Acreditación de la aceptación en la Universidad de Deusto (si no esta en posesión de la misma, copia del escrito de solicitud de admisión).
Para solicitar ayuda económica es necesario aportar los siguientes impresos y documentos:
Impresos:
Documentación a aportar:
El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes formuladas al amparo de la presente Orden será de tres meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.