El objeto de estas ayudas es apoyar la construcción, ampliación, equipamiento y modernización de instalaciones de trabajo e higiene y la calidad del producto que mejoren los efectos positivos sobre el medio ambiente. Las inversiones contribuirán a la consecución de uno o más de los siguientes objetivos:
a) Diversificación hacia nuevas especies o producción de especies con buenas perspectivas de mercado.
b) Establecimiento de métodos de acuicultura que mejoren los efectos positivos sobre el medio ambiente en comparación con las prácticas normales en el sector de la acuicultura.
c) Apoyo a actividades tradicionales de acuicultura.
d) Apoyo a la adquisición de equipos para proteger las explotaciones de los depredadores salvajes.
e) Mejora condiciones de trabajo y seguridad de los trabajadores de la acuicultura.
El porcentaje de ayuda podrá alcanzar un 40% de los costes subvencionables.
de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se convocan para el ejercicio 2012 las ayudas al sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Oficinas de atención al público:
Horario de atención al público:
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
El objeto de estas ayudas es apoyar la construcción, ampliación, equipamiento y modernización de instalaciones de trabajo e higiene y la calidad del producto que mejoren los efectos positivos sobre el medio ambiente. Las inversiones contribuirán a la consecución de uno o más de los siguientes objetivos:
a) Diversificación hacia nuevas especies o producción de especies con buenas perspectivas de mercado.
b) Establecimiento de métodos de acuicultura que mejoren los efectos positivos sobre el medio ambiente en comparación con las prácticas normales en el sector de la acuicultura.
c) Apoyo a actividades tradicionales de acuicultura.
d) Apoyo a la adquisición de equipos para proteger las explotaciones de los depredadores salvajes.
e) Mejora condiciones de trabajo y seguridad de los trabajadores de la acuicultura.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los siguientes:
- Las microempresas, las pequeñas empresas y las empresas no contempladas por la definición del artículo 3, letra f), con menos de 750 empleados o con un volumen de negocios inferior a 200 millones de euros.
a) Las inversiones y gastos subvencionables deben realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
b) En el supuesto de personas físicas, que tengan vecindad administrativa en la CAPV en los dos años anteriores, ininterrumpidamente, al momento de la solicitud de la ayuda.
c) En el supuesto de personas jurídicas, que su sede social radique en el ámbito territorial de la CAPV.
d) Las inversiones y gastos subvencionables no pueden estar comenzados al momento de presentar la solicitud de ayuda, debiendo comprobarse dicha situación mediante Acta de Inspección Previa levantada por el servicio correspondiente del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca. En aquellos supuestos en los que el objeto de la inspección no se encuentre localizado dentro de la CAPV, se aceptará como acta previa el informe realizado por una Sociedad de Clasificación reconocida.
e) El solicitante de la ayuda deber estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
El porcentaje de ayuda podrá alcanzar un 40% de los costes subvencionables.
Para una tramitación más rápida del expediente se recomienda enviar la solicitud vía telemática (mediante el botón “enviar” en la propia solicitud). Para ello se aconseja tener instalada la versión Adobe Reader 8.1.2. Esto no excluye de enviar la hoja de solicitud firmada y sellada, junto a la documentación requerida, a la Dirección de Pesca y Acuicultura del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco.
30 de marzo de 2012.