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Becas de Internacionalización 2009- Becarios

 

Departamento / Organismo Autónomo

Industria, Innovación, Comercio y Turismo


Órgano gestor

Dirección de Internacionalización


Objeto

Formar a jóvenes en comercio exterior y en internacionalización permitiendo así una adecuada capacitación del personal que requieren las empresas vascas para iniciar o continuar con sus labores de expansión en los mercados exteriores.


Destinatarios/as

- Vecindad administrativa en el País Vasco con antigüedad superior a 12 meses en el momento de la apertura del plazo de solicitud, o inferior si por razones de estudios los candidatos han tenido que residir fuera del País Vasco.
- Poseer una Titulación Superior. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no públicos, deberán estar homologados en el momento de la apertura del plazo de solicitud.
- No tener cumplidos 28 años el día de la apertura del plazo de solicitud.
- Dominio de Inglés y se valorarán conocimientos amplios de uno de los idiomas señalados a continuación: Francés, Alemán, Italiano, Portugués, Polaco, Chino Mandarín, Árabe y Ruso.
- No haber sido beneficiario de becas de similares características, así como de otras becas que tras la obtención de la titulación exigida hayan posibilitado realizar prácticas en organismos multilaterales o Delegaciones del Gobierno Vasco en el extranjero o en empresas en el extranjero de duración superior o igual a 6 meses.


Dotación económica

-


Normativa reguladora

ORDEN de 13 de febrero de 2008, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el Programa de Becas de Internacionalización.

RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2009, del Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial por la que se hace pública la convocatoria para la concesión de becas de internacionalización para el ejercicio 2009.

Personas de contacto

Gobierno Vasco
Departamento de Industria, Comercio y Turismo
Dirección de Internacionalización
Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Tel.:  945 01 99 82
E-mail:
   i-rodriguez@ej-gv.es


Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Álava
Samaniego, 2
01009 Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 01 77 70
E-Mail: e-araba@ej-gv.es

Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao
Tel.: 94 403 14 00
E-mail:
promcom-bizkaia@ej-gv.es


Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio Y Turismo de Gipuzkoa
Easo, 10
20006-Donostia-San Sebastián
Te.l: 943 02 25 22
E-mail:
e-gipuzkoa2@ej-gv.es


Documentación a aportar

- Fotocopia del D.N.I.
- Dos fotografías recientes tamaño carnet, con el nombre al dorso.
- Curriculum Vitae.
- Certificado de empadronamiento, en el que se deberá acreditar la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con antigüedad superior a 12 meses o inferior si por razones de estudios los candidatos han tenido que residir fuera del País Vasco.
- Certificado Médico Oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le impida el normal desempeño de las funciones encomendadas y el desarrollo de las tareas que conlleva la concesión de estas becas.
- Declaración jurada de no haber sido beneficiario de becas similares características, así como de otras becas que tras la obtención de la titulación exigida hayan posibilitado realizar prácticas en Organismos multilaterales o Delegaciones del Gobierno Vasco en el extranjero o en empresas en el extranjero de duración superior o igual a 6 meses.
- Fotocopia compulsada 1) del título universitario obtenido, o 2) del documento justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo o 3) la nota reflejada en el expediente académico indicativa de haber superado la prueba de conjunto de la titulación correspondiente, y de haber abonado los derechos para la obtención de la misma.
- Certificado del expediente académico del aspirante, con las calificaciones de todos los cursos, en el que conste la fecha de finalización de sus estudios superiores (incluido, en su caso, el proyecto de fin de carrera y la prueba de licenciatura).
Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no públicos, deberán estar homologados en el momento de la apertura del plazo de solicitud. (Deberá presentarse fotocopia de la homologación concedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte español, en su caso).
- Fotocopia compulsada de los documentos acreditativos de los cursos realizados y experiencia profesional. No se valorarán aquellos cursos o experiencia que no estén justificados documentalmente en el momento de la presentación de la solicitud.
- Traducción al castellano o al euskara de los documentos anteriores entregados en idiomas distintos al francés o el inglés.


Plazo de presentacion

02/04/2009 - 05/05/2009


Lugar presentación solicitudes

Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Álava
Samaniego, 2
01009-Vitoria-Gasteiz


Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Bizkaia
General Concha, 23
48010-Bilbao


Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Gipuzkoa
Easo, 10
20006-Donostia-San Sebastián


Descripción de los trámites

- El Comité de Selección nombrado por el Consejero de Industria, Comercio y Turismo selecciona a los candidatos.
- La Resolución de concesión la firma la Directora de Internacionalización.
- El pago se realiza en cuatro partes: El 1º pago del 50% se efectuará antes de salir al destino. Los 3 pagos restantes, del 16%, 16% y 18% se realizarán en el transcurso de los meses 5º, 11º y 17º de disfrute de la beca.


Órgano que resuelve

Dirección de Internacionalización.


Plazo de resolución

6 meses desde la publicación de la convocatoria.

BENEFICIARIOS/AS 2008




Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


Formularios

Tramitación telemática e Impreso de solicitud


Otros documentos -

 


Observaciones -


 


Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

01/04/2009