Publicada la RESOLUCIÓN DE BECAS NUEVAS en BOPV el 31 de enero de 2013. (Ver "Estado de la convocatoria").
Publicada la RESOLUCIÓN DE LAS RENOVACIONES en BOPV el 14 de noviembre 2012. (Ver "Estado de la convocatoria").
El objeto de esta Orden es establecer las bases reguladoras y convocar las becas destinadas a personal investigador doctor de perfeccionamiento en centros de aplicación en la CAPV y desplazamiento temporal en el extranjero correspondientes al curso 2012-2013. La convocatoria incluye tanto la concesión de nuevas becas como la renovación de las concedidas para el curso 2011-2012.
Solicitudes admitidas y excluidas, listas provisionales y definitivas, entrevistas, etc.
1.- El importe total del programa convocado, considerando el ejercicio presupuestario del año 2012 (229.325,60) y los créditos de compromiso para el año 2013 (2.063.930,40), asciende a 2.293.256,00 euros, siendo el importe correspondiente a cada línea el siguiente:
2.- El importe consignado en ayudas nuevas podrá ser incrementado en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de la línea de renovación de becas.
3.- El importe global consignado en esta convocatoria podrá ser incrementado, teniendo en cuenta la cuantía total de las becas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de becas del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, y con carácter previo a la Resolución de las mismas. De la presente circunstancia se dará publicidad mediante Resolución de la Viceconsejera de Administración y Servicios.
4.- La Dirección de Política Científica estará facultada para distribuir motivadamente el importe global de la convocatoria entre cada una de las áreas descritas en el artículo 7 en base a los criterios de calidad descritos en el artículo 12.3 de la presente Orden y número de las solicitudes presentadas y a las limitaciones presupuestarias, recogiéndose esta distribución en el acta de Propuesta de Adjudicación de Becas elevada al Viceconsejero de Universidades e Investigación, por parte de la Comisión de selección.
de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se regulan y convocan las becas nuevas y renovaciones para el Programa Posdoctoral, de Perfeccionamiento de Personal Investigador Doctor, correspondiente al curso 2012-2013.
Oficinas de atención al público:
Horario de atención al público:
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
Zuzenean - Atención Ciudadana
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando el centro de aplicación sea la Universidad del País Vasco-Euskal Herriko Unibertsitatea, podrá formalizarse la solicitud en cualquiera de las siguientes Oficinas de Registro: Oficina de Registro 01 Álava-Araba (Vicerrectorado del Campus de Alava, Comandante Izarduy 2, 01005 Vitoria), Oficina de Registro 02 Gipuzkoa (Aulario Ignacio Mª Barriola, Plaza Elhuyar 1, 20018 Donostia-San Sebastián), Oficina de Registro 03 Bizkaia (Rectorado, Sarriena s/n, 48940 Leioa) y Oficina de Registro 84 Bizkaia (Larrako Etxea, Avenida Lehendakari Aguirre 83, 48015 Bilbao).
Zuzenean - Atención Ciudadana
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando el centro de aplicación sea la Universidad del País Vasco-Euskal Herriko Unibertsitatea, podrá formalizarse la solicitud en cualquiera de las siguientes Oficinas de Registro: Oficina de Registro 01 Álava-Araba (Vicerrectorado del Campus de Alava, Comandante Izarduy 2, 01005 Vitoria), Oficina de Registro 02 Gipuzkoa (Aulario Ignacio Mª Barriola, Plaza Elhuyar 1, 20018 Donostia-San Sebastián), Oficina de Registro 03 Bizkaia (Rectorado, Sarriena s/n, 48940 Leioa) y Oficina de Registro 84 Bizkaia (Larrako Etxea, Avenida Lehendakari Aguirre 83, 48015 Bilbao).
El objeto de esta Orden es establecer las bases reguladoras y convocar las becas destinadas a personal investigador doctor de perfeccionamiento en centros de aplicación en la CAPV y desplazamiento temporal en el extranjero correspondientes al curso 2012-2013. La convocatoria incluye tanto la concesión de nuevas becas como la renovación de las concedidas para el curso 2011-2012.
La persona investigadora doctora que suscribe un contrato laboral por obra o servicio determinado con una universidad con sede en la CAPV o con Ikerbasque.
1.- Estar empadronada en un municipio de la CAPV en el momento de presentar la solicitud y al menos con una antelación de 5 años a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
Se admitirán, no obstante, aquellas solicitudes de personas que habiendo estado habitualmente empadronadas en la CAPV, no cumplan este requisito por motivos de realización de su tesis doctoral dentro de un programa de doctorado y de aquellas que estando en esa situación tras obtener el título de doctor o doctora hayan continuado con su investigación sin ninguna interrupción.
2.- Estar en posesión del correspondiente permiso de residencia, cuando se trate de personas extracomunitarias.
3.- Estar en posesión del título de doctor o doctora, y cuya fecha de obtención sea 1 de enero de 2009 o posterior.
Excepcionalmente, en el supuesto de que la persona solicitante no esté en posesión del título exigido pero espere alcanzarlo para septiembre de 2012, se aceptará su solicitud, que podrá ser evaluada con carácter provisional siempre que, junto con la demás documentación preceptiva, incluya un certificado acreditativo de que la tesis ha sido registrada en depósito o carta de la persona directora de la misma que certifique que la persona solicitante está en condiciones de alcanzar el título de doctorado para el 30 de septiembre de 2012. La posible concesión de la ayuda quedará supeditada a que la persona solicitante confirme documentalmente haber alcanzado dicho título presentando antes del 30 de septiembre de 2012 inclusive, original o copia compulsada del justificante de pago de los derechos del título de doctorado.
La fecha de obtención del doctorado podrá ser 1 de enero de 2008 siempre que se acrediten interrupciones debidas a:
Estos períodos de interrupción deberán haberse producido entre el día 1 de enero de 2008 y la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes. Se indicarán y acreditarán en el momento de presentar la solicitud, y supondrán en todos los casos una ampliación única de 1 año en el plazo de contabilización del tiempo transcurrido desde la fecha de obtención del doctorado.
4.- No haber sido sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o incursa en prohibición legal que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación por razón de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de mujeres y hombres.
5.- No disfrutar o haber disfrutado con anterioridad al 1 de junio de 2012 de ayudas de programas de perfeccionamiento de doctores que contemplen estancias en centros de investigación en el extranjero de dos o más años de duración.
2.293.256,00 euros.
La ayuda anual se abonará a los centros de aplicación en cuatro libramientos: un 10% tras la Resolución de la concesión, y una vez aceptada la ayuda, un 30% durante el mes de febrero de 2013, un 30% durante el mes de mayo de 2013 y un 30% en el mes de septiembre de 2013.
Formulario de solicitud de la ayuda.
Información adicional:
La Resolución deberá ser dictada y notificada en el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden de convocatoria. Las solicitudes se podrán entender desestimadas, a efectos de lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, si en el plazo señalado no se produce la notificación.
La notificación se realizará mediante la publicación de la referida Resolución en la página Web del Departamento de Educación, Universidades e Investigación www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net (universidades e investigación).
Nuevas adjudicaciones: En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Orden. Silencio desestimatorio
Renovaciones: En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la solicitud de renovación. Silencio estimatorio