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Documentación
La persona inmigrante extranjera que se encuentre en territorio español tiene el derecho y la obligación de conservar la documentación que acredite su identidad, expedida por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia, así como la que acredite su situación en España.
Los documentos acreditativos de identidad, permanencia y trabajo son piezas básicas para conocer la titularidad y acceso al ejercicio de los derechos de las personas inmigrantes extranjeras, así como para facilitar su integración social y laboral.
Las diversas situaciones documentales que pueden darse aconsejan prestar especial atención al ámbito temporal de validez de las distintas autorizaciones expedidas: comprobar si la documentación está en vigor o requiere renovación, identificar los cauces adecuados para ello y dirigirse a las entidades responsables de su tramitación y expedición.
Documentos identificativos
Las personas inmigrantes extranjeras pueden identificarse mediante los documentos expedidos por las Autoridades del país de origen (pasaporte o, en el caso de nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, tarjeta de identidad vigente) o, en su caso, mediante la tarjeta de extranjero/a que pueden solicitar ante los Negociados de Extranjería de las Comisarías de la Policía Nacional, sitos en Bilbao, Vitoria, San Sebastián e Irún.
Documentos Acreditativos de Estatus o Situaciones de Permanencia
Las personas extranjeras no comunitarias que quieran permanecer en España legalmente necesitan haber entrado al país con visado, cuando éste sea necesario. Mantener la situación de legalidad requiere disponer, en cada momento de su permanencia en España, del adecuado permiso de residencia.
Las autoridades españolas conceden distintos tipos de permisos o autorizaciones de residencia en función de las circunstancias de cada caso (estudiantes, trabajadores o trabajadoras, personas solicitantes de asilo, etc.).
Cuando los permisos de residencia se conceden para el ejercicio de una actividad lucrativa, tanto por cuenta propia como ajena, tienen la misma duración que el contrato de trabajo al que están vinculados y su tramitación corresponde a la Dependencia Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales-Subdelegación del Gobierno del Territorio Histórico correspondiente.
En cambio, las solicitudes para obtener los del régimen general, así como las deberán ser presentadas ante los Negociados de Extranjería de las Comisarías de la Policía Nacional, sitos en Bilbao, Vitoria, San Sebastián e Irún.
Documentos de Autorización para Trabajar
Las autoridades laborales españolas conceden diferentes tipos de permisos de trabajo en función del tipo de trabajo y de su duración.
Asimismo, las personas extranjeras que han obtenido permiso de residencia por circunstancias excepcionales pueden ejercer una actividad lucrativa, laboral o profesional, por cuenta propia o ajena, y mientras dure la vigencia del mismo.
Las tramitado solicitudes para obtener o renovar el permiso de trabajo al amparo del régimen general, así como la autorización para trabajar, deberán ser presentadas ante la Dependencia Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales - Subdelegación del Gobierno de cada Territorio Histórico.
Orientación Jurídica
Los cambios de situación de legalidad, y en general las cuestiones asociadas a los trámites para la regularización de dicha situación, así como su posterior conservación, suelen centrar las demandas del colectivo inmigrante.
El Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, en colaboración con los Colegios de Abogados y Abogadas de los tres Territorios Históricos, ha impulsado la puesta en marcha, en las tres capitales vascas, del Servicio de atención Jurídico-Social a personas inmigrantes extranjeras en la C.A.E. (HELDU) a los efectos de ofrecer un servicio de atención, diagnóstico y orientación de la situación jurídica de las personas inmigrantes, básicamente referido a la tramitación de expedientes de autorización de trabajo y residencia como resultado de un proceso de inserción, en el marco de la red pública de acogida a personas inmigrantes extranjeras de base municipal establecida por las líneas básicas del Plan Vasco de Inmigración.
Ante un eventual delito de discriminación por razón del color de la piel, origen, culto o costumbres las personas inmigrantes extranjeras también pueden acudir a los Servicios de Asistencia a la Víctima, ubicadas en los Palacios de Justicia de las tres capitales vascas, donde les asesorarán y orientarán sobre los derechos que les asisten y los pasos que deben seguir.
De igual modo, las personas inmigrantes extranjeras que sean víctimas de explotación sexual o malos tratos encontrarán en dicho servicio la cobertura y el apoyo necesario para superar la situación de sometimiento en que se hallen inmersas.
Por otra parte, la Defensoría del Pueblo Vasco-Ararteko, así como la Defensoría del Pueblo Español, atiende las quejas de la ciudadanía frente a los abusos, arbitrariedades, discriminaciones, errores o negligencias cometidas por la Administración en la tramitación de cualquier servicio o gestión, encontrándose el colectivo de personas inmigrantes entre los grupos de atención específica.
De igual modo, existen asociaciones y organizaciones no gubernamentales que ofrecen tanto asesoramiento jurídico gratuito e información sobre derechos como tramitación de los requisitos necesarios para permanecer de forma legal, obtener un permiso de trabajo, solicitudes de nacionalidad, etc.
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