En esta línea subvencional podrán recibir financiación actividades orientadas a la producción y adquisición de conocimiento útil para la intervención social, tales como programas formativos, proyectos de investigación, elaboración y difusión de publicaciones, actividades relacionadas con la documentación o eventos de carácter técnico, como cursos y seminarios.
Quedan excluidas las actividades cuyos objetos sean los siguientes:
A la financiación de las actividades dentro de esta línea de subvenciones en 2012 se destinará un máximo total de 670.270 euros.
ORDEN de 9 de noviembre de 2011, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se efectúa para el año 2012 la convocatoria prevista en el Decreto 649/2009, de 29 de diciembre, por el que se regulan las subvenciones para el fomento de actividades del tercer sector en el ámbito de la intervención social en el País Vasco.
DECRETO 649/2009, de 29 de diciembre, por el que se regulan las subvenciones para el fomento de actividades del tercer sector en el ámbito de la intervención social en el País Vasco.
Oficinas de atención al público:
Horario de atención al público:
La Administración Pública del País Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
En esta línea subvencional podrán recibir financiación actividades orientadas a la producción y adquisición de conocimiento útil para la intervención social, tales como programas formativos, proyectos de investigación, elaboración y difusión de publicaciones, actividades relacionadas con la documentación o eventos de carácter técnico, como cursos y seminarios.
Quedan excluidas las actividades cuyos objetos sean los siguientes:
Podrán solicitar estas subvenciones las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente o los correspondientes registros o censos administrativos, al menos con un año de antelación a la convocatoria de las subvenciones.
b) Carecer de ánimo de lucro, independientemente de su forma jurídica de asociación, fundación, cooperativa de iniciativa social u otra de carácter no lucrativo, y promover la consecución de un fin público o interés social.
c) Desarrollar su actividad preferentemente dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
A la financiación de las actividades dentro de esta línea de subvenciones en 2012 se destinará un máximo total de 670.270 euros.
El Departamento de Empleo y Asuntos Sociales podrá financiar hasta un 80% del presupuesto total de la actividad. Ninguna ayuda, individualmente considerada, podrá superar en esta línea subvencional los 22.200 euros.
No se podrá destinar más del 10% del importe de la ayuda concedida a sufragar los costes indirectos de la actividad subvencionada.
No se podrá destinar más del 10% del importe de la ayuda concedida a sufragar los gastos de viajes y dietas derivados del desarrollo de la actividad.
El pago será fraccionado, abonándose el segundo pago previa presentación de los documentos justificativos del gasto realizado reconocido para subvención en el plazo de dos meses a partir de la fecha de finalización de la actividad.
El formulario de solicitud es un documento rellenable, que la entidad interesada puede rellenar, imprimir y entregar en papel en los lugares de presentación especificados. Junto al formulario de solicitud se debe aportar documentación específica, tal y como se señala en las Instrucciones de Aportación de Documentación.
Formulación de la actividad para la que se solicita subvención. El formulario de presentación de la actividad es un documento rellenable, que la entidad interesada puede rellenar, guardar y entregar en soporte informático (por ejemplo CD) en los lugares de presentación especificados.
Datos económicos de la actividad para la que se solicita subvención. Este formulario es un documento rellenable, que la entidad interesada puede rellenar, guardar y entregar en soporte informático (por ejemplo CD) en los lugares de presentación especificados.
Acreditación de la representación legal, única y exclusivamente cuando el/la firmante de la solicitud, ya sea ésta presencial o telemática, se trate de una persona que no ostenta dicha representación de acuerdo con los estatutos de la entidad.
El formulario de solicitud enlaza directamente con la tramitación electrónica. Para ello le pedirá que se identifique con un certificado electrónico:
Junto al formulario de solicitud debe de aportar documentación específica, tal y como se señala en las Instrucciones de Aportación de Documentación. Es recomendable obtener la documentación que vaya a tener que aportar antes de iniciar la tramitación y guardarla en su ordenador.
La instancia de presentación de la justificación es un documento rellenable, que se debe rellenar, imprimir y entregar en papel en los lugares de presentación especificados. Junto a esta instancia de presentación de la justificación se deben aportar el Anexo II-A (Memoria de la actividad) y el Anexo II-B (Memoria económica de la actividad).
Memoria de la actividad subvencionada. Este formulario es un documento rellenable, que la entidad interesada puede rellenar, guardar y entregar en soporte informático (por ejemplo CD) en los lugares de presentación especificados.
Memoria económica de la actividad subvencionada. Este formulario es un documento rellenable, que la entidad interesada puede rellenar, guardar y entregar en soporte informático (preferentemente CD) en los lugares de presentación especificados.
El último día de presentación de solicitudes es el miércoles 14 de diciembre.
En el caso de enviar por Correo certificado la solicitud (y no registrarla presencialmente) debe tenerse en cuenta que debe llevarse a la Oficina de Correos en sobre abierto, para que el personal de Correos selle la solicitud con fecha máxima de 14 de diciembre.
Cuatro meses contados a partir del día siguiente de la publicación de la Orden.