Fecha de publicación: 15/09/2014

PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCION de la convocatoria del ejercicio 2014 de ayudas para el desarrollo del Servicio Centro de Empleo, en colaboración con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

Lanbide.

Vistas las solicitudes presentadas al amparo de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo del Servicio Centro de Empleo en colaboración con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, y en base a los siguientes

HECHOS

Primero.- El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por Acuerdo adoptado en su sesión de 10 de julio de 2014 (BOPV de 16 de julio de 2014), aprobó la convocatoria de subvenciones para el desarrollo del Servicio Centro de Empleo en colaboración con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

Segundo.- El plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 4 de agosto de 2014 para el Territorio Histórico de Alava y el 6 de agosto de 2014 para los Territorios Históricos de Bizkaia y Gipuzkoa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano colegiado previsto en el artículo 8.2 de la convocatoria, es el órgano competente para dictar la presente propuesta provisional de resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la convocatoria de ayudas arriba referenciada.

Segundo.- Las solicitudes presentadas han sido valoradas por el órgano colegiado de acuerdo con los criterios de evaluación y adjudicación previstos en el artículo 9 de la convocatoria.

Por todo ello,

ACUERDA

Primero.- Proponer la concesión de las subvenciones que constan en el Anexo I a las entidades y por los importes que en él se recogen para cada ámbito territorial de actuación, indicando, asimismo, las entidades que resulten suplentes.

Segundo.- Proponer la denegación de las solicitudes que se recogen en el Anexo II por las causas que en él se señalan.

Tercero.- Notificar esta propuesta provisional de resolución mediante su publicación el día 15 de septiembre de 2014 en la página web de Lanbide: www.lanbide.net, haciendo saber a las personas interesadas, que podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas  en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente de la publicación.

La alegaciones se dirigirán a la Dirección de Activación Laboral de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, sita en la calle Atxotegi nº 1 de vitoria-Gasteiz, cp 01009, y se presentarán conforme a cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Esta propuesta provisional de resolución no crea derecho alguno a favor de los beneficiarios propuestos, frente a la Administración.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de septiembre de 2014

Jesus María Ordoñez Orzaiz
Responsable del Área de Inserción Laboral de la Dirección de Activación Laboral.
Presidente del órgano colegiado

Propuesta Provisional de Resolución (PDF, 237 KB)

Anexo I Centros de empleo 2014 (PDF, 543 KB)

Anexo II Centros de empleo 2014 (PDF, 134 KB)