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El principio de igualdad de mujeres y hombres, así
como la expresa prohibición de cualquier tipo de
discriminación por razón de sexo, están
recogidos en diferentes normas jurídicas.
La Convención sobre la Eliminación de todas
las Formas de Discriminación contra la Mujer, aprobada
por la Asamblea General de la ONU en diciembre de 1979,
proclama el principio de igualdad de mujeres y hombres.
En su artículo 2, sus miembros se comprometen a "asegurar
por ley u otros medios apropiados la realización
práctica de este principio".
Por otro lado, desde la entrada en vigor el 1 de mayo de
1999 del Tratado de Amsterdam, la igualdad de mujeres y
hombres es consagrada formalmente como un principio fundamental
de la Unión Europea. De acuerdo con el artículo
3.2 del Tratado de la Unión Europea, en todas las
políticas y acciones de la Unión y de sus
miembros debe integrarse el objetivo de eliminar las desigualdades
entre mujeres y hombres y promover su igualdad.
El artículo 9.1 del Estatuto de Autonomía
de Euskadi, a través de una remisión a lo
dispuesto en la Constitución española, proclama
el derecho a la igualdad y a la no discriminación
por razón de sexo. Asimismo, el artículo 9.2d)
establece la obligación de los poderes públicos
de promover las condiciones y remover los obstáculos
para que la igualdad de las personas y los grupos en que
se integran sea real y efectiva.
Por su parte, el Parlamento Vasco, mediante la aprobación
de la Ley 2/1988, de 5 de febrero, de creación del
Instituto Vasco de la Mujer/Emakumearen Euskal Erakundea,
y tal y como prevé su exposición de motivos,
declaró prioritaria la eliminación efectiva
de todas las formas de discriminación de las mujeres
y la adopción de las medidas necesarias para fomentar
su participación en todos los ámbitos de nuestra
Comunidad, y, asimismo, asumió la tarea de impulsar
una acción coordinada en la materia.
En desarrollo de la Ley 2/1988 el Gobierno Vasco ha aprobado
tres planes de acción positiva para las mujeres en
la Comunidad Autónoma de Euskadi, donde se recogen
las líneas básicas de intervención
de las administraciones públicas vascas con relación
a la promoción de la igualdad de mujeres y hombres
en todos los ámbitos de la vida.
(1)
Modificada por Ley 4/2005
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