

Otras Disposiciones
Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social
ORDEN de 28 de diciembre de 1995, del Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, por la que se inician las actividades de OSALAN-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales.
Con fecha 21 de diciembre de 1993 el Parlamento Vasco aprobó la Ley de creación de OSALAN-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales.
La mencionada norma contiene entre sus prescripciones el mandato según el cual el inicio de las actividades de dicho Instituto se producirá mediante Orden del Consejero de Trabajo y Seguridad Social.
Con objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en su Ley de creación y a fin de posibilitar la puesta en funcionamiento del organismo,
RESUELVO:
.- Iniciar las actividades de OSALAN-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, conforme a lo establecido en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, previa comunicación al órgano que dictó el acto impugnado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
La presente Orden surtirá efectos desde el día 1 de enero de 1996.
En Vitoria-Gasteiz, a 28 de diciembre de 1995.
El Consejero de Justicia, Economía,
Trabajo y Seguridad Social,
RAMÓN JÁUREGUI ATONDO.