

Otras Disposiciones
Industria, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2005, de la Viceconsejera de Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de becas para la Formación de Expertos en Promoción Turística en mercados emisores para el ejercicio 2005.
La Orden de 15 de octubre de 2003 del Consejero de Industria, Comercio y Turismo (BOPV n.º 210 de 28 de octubre), modificada por Orden de 5 de julio de 2005 de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, regula el programa de becas para la Formación de Expertos en Promoción Turística en mercados emisores.
Los recursos económicos destinados a la concesión de las citadas ayudas procederán de las correspondientes partidas presupuestarias establecidas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, cuya regulación, para el presente ejercicio, se establece en la Ley 10/2004, de 28 de diciembre.
De conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2005, dictando a tal objeto las normas necesarias.
Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 5 de la orden de referencia,
DISPONGO:
Artículo 1.
– Objeto.Es objeto de la presente resolución, la convocatoria para el ejercicio 2005 de las ayudas previstas en la Orden de 15 de octubre de 2003, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de becas para la Formación de Expertos en Promoción Turística en mercados emisores.
El número máximo de becas a conceder en el ejercicio 2005 será de cuatro (4), con las siguientes características e importes:
OET – Destino Idioma Importe beca
exigido (euros)
Frankfurt (Alemania) Alemán 25.000
Londres (Reino Unido) Inglés 25.000
Milán (Italia) Italiano 25.000
París (Francia) Francés 25.000
El período de duración de las mismas será de 12 meses.
Además del importe de las becas, se destinarán 10.000 euros para los gastos de carácter extraordinario contemplados en el párrafo 5 del artículo 4 de la Orden reguladora.
Para esta convocatoria se destinarán 110.000 euros, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, correspondiendo 40.000 euros al crédito de pago del ejercicio 2005 y 70.000 euros al crédito de compromiso del ejercicio 2006.
Artículo 2.– Requisitos.
Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 15 de octubre de 2003, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de referencia.
Artículo 3.– Solicitudes y plazo.
1.– Un modelo de solicitud será facilitado por cualquiera de las Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, o podrá obtenerse en la web: www.euskadi.net/turismo
2.– Los solicitantes deberán dirigir la solicitud y demás documentación complementaria a la Dirección de Promoción Turística del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco, presentándolas en las correspondientes Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, o en cualquiera de los lugares especificados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.– El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el 15 de septiembre.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.
– La presente resolución de convocatoria surtirá efecto al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.Segunda.– Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 28 de julio de 2005.
La Viceconsejera de Turismo,
KORO GARMENDIA GALBETE.
Materias: