Ayudas a la inversión en infraestructuras ligadas a energías renovables en el sector agrario y silvícola 2014
Subvencionar instalaciones para producir energía a partir de residuos procedentes de explotaciones agrarias y/o silvícolas. Las instalaciones deberán atender al sector agrario vasco y servir para la consecución de alguna de las finalidades siguientes:
a) El ahorro en el coste energético de las explotaciones agrarias.
b) La mejora ambiental como consecuencia del tratamiento de biomasa procedente de explotaciones agrícolas y/o silvícolas.
62.500 euros.
Los créditos presupuestarios con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi ascienden a la cantidad de 40.000 euros. En lo que respecta al fondo comunitario Feader, al amparo del Plan de Desarrollo Rural Sostenible de la Comunidad Autónoma del País Vasco (PDRS) 2007-2013, prorrogado en 2014, la cuantía concreta de los créditos destinados al cumplimiento del objeto del citado Decreto será de 22.500 euros.
- Orden de 8 de octubre de 2014 (BOPV N 194/2014)
de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se procede a la convocatoria de ayudas, para el ejercicio 2014, al amparo del Decreto 302/2010, de 16 de noviembre, de ayudas a la inversión en infraestructuras ligadas a energías renovables en el sector agrario y silvícola.
- Decreto 302/2010 (BOPV N 233/2010)
de 16 de noviembre, de ayudas a la inversión en infraestructuras ligadas a energías renovables en el sector agrario y silvícola.
Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad
C/ Donostia 1. Lakua
01010 Vitoria-Gasteiz
o cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
Idoia Sasigain Sáenz de Buruaga
Teléfono: 945 019 690
Fax: 945 019 701
Correo electrónico: i-sasigain@ej-gv.es
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Subvencionar instalaciones para producir energía a partir de residuos procedentes de explotaciones agrarias y/o silvícolas.
Personas físicas o jurídicas públicas o privadas ligadas a la producción de energías renovables de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que realicen las inversiones y gastos que se consideren subvencionables.
a) Desarrollar alguna de las siguientes acciones:
- implantación de instalaciones de carácter innovador para la producción de energía a partir de residuos orgánicos procedentes de explotaciones agrarias y/o silvícolas. Las instalaciones deberán atender al sector agrario vasco y servir para la consecución de alguna de las finalidades siguientes:
a) El ahorro en el coste energético de las explotaciones agrarias.
b) La mejora ambiental como consecuencia del tratamiento de biomasa procedente de explotaciones agrícolas y/o silvícolas.
b) No ser titulares de las explotaciones agrarias a las que atienden las instalaciones a subvencionar.
c) Que las inversiones subvencionables no estén comenzadas en el momento en el que se presenta la solicitud. Esta situación se comprobará mediante una inspección in situ y la emisión de una certificación de la citada situación por parte de la Dirección de Innovación e Industrias Alimentarias. En el supuesto de que la empresa deba iniciar las inversiones en un ejercicio presupuestario pero antes de la apertura de plazo que anualmente establezca la orden de convocatoria, se deberá presentar una solicitud debidamente cumplimentada, junto con toda la documentación de la solicitud.
d) Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con las Haciendas Forales y frente a la Seguridad Social.
e) Disponer, si fuera necesario, en régimen de propiedad, arrendamiento o usufructo, de los terrenos necesarios para la ejecución de las actuaciones
f) Que el proyecto disponga de las licencias, autorizaciones y demás trámites administrativos previos y necesarios para la contratación de las obras, en su caso.
g) Que se formalice un contrato que comprometa a la persona solicitante y a la persona titular de la explotación a la que atienda la instalación.
h) No encontrarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halle incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
62.500 euros.
Los créditos presupuestarios con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi ascienden a la cantidad de 40.000 euros. En lo que respecta al fondo comunitario Feader, al amparo del Plan de Desarrollo Rural Sostenible de la Comunidad Autónoma del País Vasco (PDRS) 2007-2013, prorrogado en 2014, la cuantía concreta de los créditos destinados al cumplimiento del objeto del citado Decreto será de 22.500 euros.
Solicitud
- Alta de tercero (1)
Modelo normalizado de "Alta de tercero" con cuenta bancaria en entidades adheridas a la pasarela de validación de datos bancarios: Kutxabank, Bankoa, Banco Santander, Laboral Kutxa, Caixa Bank y BBVA.
- Alta de tercero (2)
Modelo normalizado de "Alta de tercero" con cuenta bancaria en el resto de entidades.
- Declaración Jurada
Declaración Jurada
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
13 de noviembre de 2014.
El plazo máximo es de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la Orden de convocatoria.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.