Convocatoria 2014 de ayudas destinadas a la Contratación en Prácticas de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas. Programa Lehen Aukera.

[LEHEN_AUKERA_2014]

Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

RESUMEN
Objeto

Establecer las bases y regular las ayudas,  destinadas a la contratación en prácticas, de personas jóvenes, en situación de desempleo y sin previa o escasa experiencia laboral en empleos relacionados con su titulación, por las empresas vascas, como medida para favorecer la mejora de su empleabilidad, a través de la adquisición de experiencia profesional, y de consolidar su  inserción laboral.

Entidades o personas solicitantes
  • PYMEs (pequeñas y medianas empresas) información detallada
    Requisitos:
    • Para acreditar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas | Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas
    • Para acreditar que la entidad está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Fundaciones información detallada
    Requisitos:
    • Para acreditar que la fundación está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida
    • Para acreditar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas | Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Estar declarada de utilidad pública
  • Asociaciones información detallada
    Requisitos:
    • Para acreditar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas | Estar inscrito en el Epígrafe de actividades económicas
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación
    • Para acreditar que la asociación, federación o confederación está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Estar declarada de utilidad pública
  • Empresario individual o autónomo información detallada
    Requisitos:
    • Para acreditar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas | Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Para acreditar la identidad de la persona física | Identidad de la persona física
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Centro colaborador para la captación y registro de las ofertas de empleo información detallada

    Por la captación y registro y por la gestión de las ofertas de empleo, podrán ser beneficiarios los centros colaboradores aprobados para la realización de estas actividades, al amparo del Decreto 326/2003, de 23 de diciembre.

    Por la captación y registro y por la gestión de las ofertas de empleo que finalicen con la formalización de contratos subvencionados al amparo de la presente convocatoria, podrán ser beneficiarios los centros colaboradores de Lanbide – Servicio Vasco de Empleo regulados en el artículo 4.3. de la Resolución de la presente convocatoria.

    Asimismo, podrán obtener la condición de centros colaboradores para la captación y registro de las ofertas de empleo específicamente vinculadas a esta convocatoria, las siguientes entidades: Universidades, centros de formación profesional públicos y privados concertados, centros y entidades colaboradores de Lanbide- Servicio Vasco de Empleo beneficiarios de las ayudas de formación para el empleo y de orientación para el empleo correspondientes a las convocatorias del ejercicio 2013, Ayuntamientos, mancomunidades, cuadrillas, agencias de desarrollo local y Behargintzas.

    El número máximo de personas autorizadas en una misma entidad para la realización de estas labores será de 3 personas y deberán asistir a la acción formativa impartida por Lanbide.

Requisitos y méritos
  • Para acreditar la existencia o no de otras fuentes de financiación, en caso de que sean compatibles | Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado). información detallada

    Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, sean estas de cualquier administración o de cualquier ente (tanto público como privado).


    Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable. En caso de declarar no haber recibido otras ayudas, no es necesario aportar ninguna documentación.

    Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe de aportarse el formulario "Otras fuentes de financiación" junto con la solicitud.

  • Contratación de personas jóvenes, mayores de 16 años y menores de 30 años información detallada

    Colectivo beneficiario: Personas jóvenes, mayores de 16 años y menores de 30 años que cumplan los siguientes requisitos:

    • Residir en la Comunidad Autónoma Vasca.
    • Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
    • Estar en posesión de alguna de las titulaciones incluidas en los Grupos 1 y 2 mencionados en el artículo 5 de la convocatoria.
    • Estar identificadas en la base de datos del Sistema de Garantía Juvenil y haber acreditado previamente el cumplimiento de los requisitos de acceso al Sistema (menores de 25 años). Tendrán prioridad en el proceso de selección según Resolución 24 de octubre 2014, (BOPV 27/10/2014)
    • No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de inicio del contrato.
Dotación presupuestaria
4.999.276 euros
Prestación económica
  • 4.698.276 euros para la financiación de los contratos en prácticas.
  • 301.000 euros, para la financiación de la captación, registro y gestión de las ofertas de empleo por parte de los centros colaboradores

1.- El importe subvencionado por cada contrato se determinará en función del salario bruto de cada contrato del siguiente modo: 

Intervalo 1. Salario Bruto Mensual: entre 872 y 1.050 euros / Subvención: 2.450,00
Intervalo 2. Salario Bruto Mensual: Entre 1.051 y 1290 euros / Subvención: 2.950,00
Intervalo 3. Salario Bruto Mensual: Superior a 1.290 euros / Subvención: 3.620,00
Las cuantías de subvención mencionadas se refieren a contratos a jornada completa. En el supuesto de contratos a tiempo parcial, se ajustarán los importes en proporción a la jornada.

Estas cuantías se incrementarán en un 10%, en el supuesto de contratos de, al menos, 12 meses de duración.

2.- Los centros colaboradores a que se refiere el artículo 4.3 percibirán por cada contrato subvencionado, que derive de la captación, registro y gestión de la oferta correspondiente:

- 120 euros, el centro colaborador que haya captado y registrado la oferta.
- 80 euros, el centro colaborador que haya gestionado la oferta.

Forma de pago:

Los recursos económicos destinados a la financiación de las ayudas se establecen en el Artículo 2 de la citada convocatoria.

El abono de la subvención a las empresas contratantes se realizará de la siguiente manera:

  • Un primer pago del 53,60%, tras la formalización de los contratos previstos.
  • Un segundo pago del 46,40% restante o la cantidad que resulte de la justificación, una vez justificadas las actuaciones objeto de subvención, de conformidad con lo establecido en el Artículo 12.

Para la justificación de los contratos, la empresa beneficiaria presentará la Memoria Final, en el plazo máximo de 1 mes posterior a la finalización de los mismos y, en todo caso, con anterioridad al 31 de julio de 2015 para los contratos de 6 meses de duración y al 23 de diciembre de 2015 para los contratos de duración superior.

Los centros colaboradores percibirán la subvención en un único pago, tras la Resolución de concesión

Organismo que convoca
  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Organismo que resuelve
  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Organismo cofinanciador
  • Fondo Social Europeo (FSE)
SOLICITUD Y OTROS TRÁMITES
  • Solicitud y aportación de documentación

    Las solicitudes para la obtención de las subvenciones se hará mediante los modelos oficiales recogidos en los  Anexo II y  Anexo III, que se encontrarán disponibles en la web de Lanbide, en los Servicios Centrales de Lanbide -Servicio Vasco de Empleo y en las Oficinas territoriales de Empleo de Lanbide- Servicio Vasco de Empleo.
     
    Junto con la solicitud se presentará:

    a) Por la celebración de los contratos en prácticas:

    • Memoria descriptiva de la empresa, indicando su actividad, sector, plantilla media total en los 6 meses anteriores a la solicitud y el incremento de la misma tras las nuevas contrataciones.
    • Plan de contratación, detallando la previsión de puestos de trabajo a cubrir, perfil necesario para su cobertura, centro de trabajo de destino en la CAPV y persona responsable para su seguimiento.
    • Documento de Alta de Tercero interesado

    b) Por la captación, registro y gestión de las ofertas de empleo:

    • Relación de las ofertas de empleo registradas y/o gestionadas, con las personas contratadas en cada una de ellas al amparo de la presente convocatoria

    PLAZOS PRESENTACION:

    • Solicitud para obtención de la condición de centro colaborador: 12 de septiembre de 2014
    • Solicitud para la subvención por contratos en prácticas: desde el día siguiente al de la publicación en el BOPV hasta el 14 de noviembre de 2014
    • Solicitud para subvención por la captación registro y gestión de ofertas de trabajo: 30 de diciembre de 2014
    Documentación que debe presentar
Trámites específicos
Debe realizar estos trámites cuando la Administración así se lo solicita.
  • certificado contrato

    Modelo de justificacion del contrato

    Documentación que debe presentar
  • Justificación de los contratos

    Para la justificación de los contratos, la empresa beneficiaria presentará la Memoria Final, en el plazo máximo de 1 mes posterior a la finalización de los mismos y, en todo caso, con anterioridad al 31 de julio de 2015 para los contratos de 6 meses de duración y al 15 de diciembre de 2015 para los contratos de duración superior.

    Documentación que debe presentar
  • Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco

    Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

    Documentación que debe presentar
Otros trámites
Estos trámites son opcionales. Puede realizarlos por iniciativa propia o cuando la Administración le comunica que tiene esa opción.
  • Desistimiento

    Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.

    Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículos 90 y 91)

    Documentación que debe presentar
  • Subsanación de la documentación

    Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.

    Usted puede aportar: 

    • Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
    • Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.

    Documentación que debe presentar
  • Renuncia

    ¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?

    En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.

    ¿Qué sucede con mis derechos?

    Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículos 90 y 91)

    Documentación que debe presentar
  • Modificación de los datos de notificación y comunicación.

    Puede modificar sus datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.

    Documentación que debe presentar
  • Aportación de documentación

    Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.

    Documentación que debe presentar
RESOLUCIÓN Y RECURSOS
Plazo de resolución
4 meses desde la solicitud
Efectos del silencio
Estimatorios
Recursos
  • Recurso de alzada

    El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.

    ¿Contra qué actos se interpone?

    • Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
    • Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.

    ¿Ante qué órgano se interpone?

    • Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.

    ¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?

    • 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
    • 3 meses, si el acto recurrido es presunto.

    ¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?

    • 3 meses.

    Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:

    • El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
    • El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.

    ¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?

    • Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
    • Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (título VII. de la revisión de los actos en vía administrativa).

    Documentación que debe presentar
  • Recurso potestativo de reposición

    El potestativo de reposición es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.

    ¿Contra qué actos se interpone?

    Actos que no pongan fin a la vía administrativa.

    ¿Ante qué órgano se interpone?

    El mismo órgano que dictó el acto recurrido.

    ¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?

    • 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
    • 3 meses, si el acto recurrido es presunto.

    ¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?

    1 mes.

    Si en ese plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.

    ¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?

    Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (título VII. de la revisión de los actos en vía administrativa)

    Documentación que debe presentar
CONTACTO
Datos de contacto

PARA CONSULTAS SOBRE AUTORIZACIÓN CENTROS COLABORADORES Y GESTION DE OFERTAS DE EMPLEO.

A partir del 1 de septiembre: 945 181 333 o en el correo electrónico laneratze@lanbide.net indicando en el asunto LEHEN AUKERA

 
PARA CONSULTAS SOBRE SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN DE EMPRESAS Y CENTROS COLABORADORES.

A partir  de septiembre en Servicios Centrales de Vitoria-Gasteiz: 945 181 327/ 945 181 328945 181 325

A partir de septiembre en Servicios Centrales Sestao, Bizkaia: 944 986 065 / 944 986 067

A partir de septiembre en Servicios Centrales San Marcial, Donostia: 943 596 207 / 943 596 208 / 943 596 201943 596 221

SS.CC. de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo en Vitoria-Gasteiz: 945 181 300 / 945 181 424 / 945 181 425